Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2017 (02/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Viernes 2 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

3

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES R.J. N° 000158-2017-JN/ONPE.Fijan fechas de presentación de Información Financiera que efectuarán las organizaciones políticas 44

D.A. N° 012-2017-MDP/A.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 147-2015-MDP/C, que otorgó beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer de Licencia de Edificación 53 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza N° 226-17/MDP.- Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito de Pucusana, correspondiente al año 2017 53 R.A. N° 400-16-AL/MDP.- Designan Auxiliar Coactivo de la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad 54 R.A. N° 572-16-AL/MDP.- Designan responsable de la entrega de información que produzca o posea la Municipalidad, que le sea solicitada por la ciudadanía 54 R.A. N° 041-2017-AL-MDP.- Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Municipalidad para el Ejercicio Fiscal 2017 55

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza N° 441-MDA.- Ordenanza que otorga el beneficio de formalización con el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educación Básica (Inicial, Primaria y Secundaria) y Comercios Locales en el distrito 45 Acuerdo N° 019-2017/MDA.- Exhortan a la Municipalidad Metropolitana de Lima a concluir la ejecución del Proyecto Huaycán Verde 49 D.A. N° 012-2017/MDA.- Autorizan la realización de Matrimonio Civil Comunitario 2017 50 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA DD.AA. N°s. 013 y 014-2017/MDLCH.- Amplían plazos de vencimiento para el pago del primer y segundo trimestres del Impuesto Predial y de los arbitrios municipales del año 2017 51 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Acuerdo N° 015-2017-MDP/C.- Autorizan viaje de alcalde a Brasil, en comisión de servicios 52

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza N° 011-2017-MPC.- Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. 56 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA Ordenanza N°007-2017-MDM.- Ordenanza que otorga Amnistía Tributaria por deuda de Impuesto Predial y descuento en Arbitrios Municipales 64 Artículo 3. Beneficiarios del RAES Podrán ser beneficiarios del RAES, todos aquellos prestatarios dedicados a la actividad agropecuaria que han sido afectados por desastres naturales, que se encuentran en zonas declaradas en estado de emergencia por el Fenómeno de El Niño Costero, y que como consecuencia de ello tengan deudas vencidas en las IFIs y cumplan con los requisitos que se establezcan en las normas reglamentarias y complementarias. Artículo 4. Elegibilidad, exclusión y plazo 4.1 Las IFIs determinarán la elegibilidad de los beneficiarios del RAES en función a lo establecido en la presente ley. 4.2 El plazo de acogimiento de las solicitudes al RAES vence el 31 de diciembre de 2017. Artículo 5. Determinación de la deuda 5.1 Las deudas comprendidas en el RAES abarcan capital, intereses, moras y demás gastos devengados conforme a lo establecido en el reglamento. 5.2 El RAES únicamente alcanza a las deudas cuyo saldo deudor no excede las 5 UIT o su equivalente en dólares americanos al tipo de cambio publicado por la SBS. Artículo 6. Bono de descuento Establécese, de manera excepcional y por única vez por beneficiario, el otorgamiento de un bono de descuento a los beneficiarios del RAES hasta por el monto máximo de 1,5 UIT sobre las deudas comprendidas en el artículo 5 de la presente ley, calculado en soles o su equivalente en dólares americanos al tipo de cambio publicado por la SBS. Artículo 7. Reestructuración y reprogramación de la deuda 7.1 La reestructuración de las deudas vencidas en el marco del RAES que mantienen los productores agropecuarios con las IFIs, se aplica de la

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30573
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE REESTRUCTURACIÓN AGRARIA ESPECIAL
Artículo 1. Objeto La presente ley tiene por objeto brindar facilidades financieras a los productores agropecuarios que han sido afectados por los desastres naturales y que se encuentran en las zonas declaradas en estado de emergencia por el Fenómeno de El Niño Costero, que tienen deudas vencidas con las Instituciones del Sistema Financiero reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (IFIs); así como disponer la extinción de las deudas pendientes de pago en el marco del Programa de Reestructuración de la Deuda Agraria (PREDA). Artículo 2. Programa de Reestructuración Agraria Especial (RAES) Créase el Programa de Reestructuración Agraria Especial (RAES), con las siguientes finalidades: (i) otorgar un bono de descuento a los productores agropecuarios a los que se refiere el artículo 1 de la presente norma, que tienen créditos vencidos con las IFIs; y (ii) refinanciar los saldos de deuda correspondientes, luego de la aplicación del referido bono.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.