Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2017 (02/06/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de junio de 2017 /

El Peruano

d) Fotocopia simple de la ficha de inscripción de la institución en los Registros Públicos. f) Copias de D.N.I. vigente del Agente Participante titular y suplente (residentes en la Provincia de Cañete) Artículo Décimo Cuarto.- FUNCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Son funciones de los Agentes Participantes: 14.1 Participar activamente con voz y voto en los talleres o reuniones realizadas en el Presupuesto Participativo Basado en Resultados. 14.2 Asistir a los talleres programados según el cronograma de actividades del Presupuesto Participativo. 14.3 Respetar las pautas metodológicas de los talleres planteados en el presente reglamento y por el Equipo Técnico al inicio de cada Taller. 14.4 Contribuir con el normal desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados considerando los principios de participación y pluralidad de ideas. 14.5 Elegir o ser elegidos como miembro del Comité de Vigilancia Ciudadana. 14.6 Suscribir las Actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. 14.7 Cumplir y respetar los acuerdos y compromisos asumidos en el Proceso del Presupuesto Participativo. 14.8 Difundir en el interior de su organización social los avances del Proceso del Presupuesto Participativo, así como de la información que se brindara en los talleres de trabajo, reuniones y en el taller de Rendición de Cuentas. Artículo Décimo Quinto.- FALTAS Y SANCIONES A LOS AGENTES PARTICIPANTES 15.1 Para promover la tolerancia, respeto y democracia en los talleres del Presupuesto Participativo, se consideran las siguientes faltas: a) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres del Presupuesto Participativo. b) Inasistencia injustificada a los talleres en el proceso. c) Asistir en estado etílico, efecto por consumo de drogas a los talleres o reuniones. d) Agresión física y/o verbal a los Agentes Participantes y/o representantes de la municipalidad. e) Interrupciones injustificadas constantes por parte de los Agentes Participantes en las exposiciones o intervenciones de los presentes. f) Asistir de forma impuntual en el inicio de los talleres del Presupuesto Participativo. 15.2 Las sanciones que se aplicarán según la gravedad o reiteración de las faltas serán las siguientes: Por primera vez: el responsable de la dirección del taller de forma verbal comunicara al Agente Participante que ha incurrido en una falta, si persiste en la falta se le retira del taller o reunión. Por segunda vez: el presidente del Equipo Técnico de forma escrita comunicara sobre la falta cometida al Agente Participante y a los responsables de la organización social. Por tercera vez: los miembros del Equipo Técnico de forma pública y haciendo conocimiento a la organización social o institución, comunicará sobre la suspensión parcial o definitiva en sus derechos como Agente Participante. Artículo Décimo Sexto.- Los Agentes Participantes en la provincia de Cañete están constituidos por miembros del Consejo de Coordinación Local Provincial ­ CCLP, Juntas Vecinales, Comités de Vigilancia, el Concejo Municipal, funcionarios de los sectores públicos, instituciones públicas y privadas que desarrollen acciones en el ámbito de la provincia, los representantes de la sociedad civil conforme a la tipología de organizaciones sociales estipulado en la normativa del Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS debidamente acreditados de acuerdo al artículo 5º del reglamento de la

Ley Marco del Presupuesto Participativo y los ciudadanos que se inscriban en el proceso, así como por el Equipo Técnico. CAPÍTULO CUARTO DEL EQUIPO TECNICO Artículo Décimo Sétimo.- EQUIPO TECNICO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 17.1 El Equipo Técnico del Presupuesto Participativo tiene como propósito principal, brindar asesoría y soporte técnico en el proceso de planeamiento del desarrollo del Presupuesto Participativo, así como desarrollar acciones de capacitación, preparación, sistematización de la información, evaluación especializada y el apoyo permanente al proceso participativo. 17.2 El Equipo Técnico del Presupuesto Participativo estará integrado por: · Gerente de Planeamiento y Presupuesto Informática · Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural · Gerente de Desarrollo Económico · Gerente de Desarrollo Social y Humano · Gerente de Servicios a la Ciudad e

17.3 Adicionalmente, el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo estará complementado por los profesionales y técnicos de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informática, Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Sub Gerencia de Participación Ciudadana; y demás Sub Gerencias. Artículo Décimo Octavo.- FUNCIONES DEL EQUIPO TECNICO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El Equipo Técnico tiene las siguientes funciones: 18.1 Preparar y distribuir la información básica que se requiere para la realización del Proceso del Presupuesto Participativo. 18.2 Realizar las actividades de capacitación que se estimen necesarias para el mejor desarrollo del proceso. 18.3 Facilitar la realización de los Talleres de Trabajo que sean convocados y sistematizar el resultado de los mismos. 18.4 Presentar los criterios de priorización de proyectos a los Agentes Participantes. 18.5 Efectuar la evaluación técnica de las alternativas de los proyectos de inversión o soluciones propuestas en los talleres de trabajo del Presupuesto Participativo. 18.6 Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales aprobados dentro del cronograma que establece el proceso. 18.7 Participar en la priorización de los proyectos de inversión pública a considerarse en el Presupuesto Participativo. 18.8 Presentar y sustentar ante el Consejo de Coordinación Local Provincial ­ CCLP los resultados del Presupuesto Participativo. 18.9 Elaborar el documento de informe del proceso del Presupuesto Participativo y la relación de proyectos priorizados. 18.10 Firmar el acta de acuerdos y compromisos del proceso del Presupuesto Participativo. 18.11 Llevar a cabo la Elección del Comité de Vigilancia de acuerdo a la Normatividad Vigente. 18.12 Otros que dispone el Titular del Pliego. Artículo Décimo Noveno.- DEL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES El Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la provincia de Cañete será aprobado mediante Decreto de Alcaldía. Su modificatoria se realizara a propuesta del Equipo Técnico. Su publicación se hará en el portal web de la municipalidad de Cañete.

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