Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2017 (02/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de junio de 2017 /

El Peruano

el año fiscal 2018, está constituida por las siguientes normas: · Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 · Ley Nº 27658 Marco de Modernización del Estado · Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralización y Modificatorias. · Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades y Modificatorias. · Ley Nº 28056 Marco del Presupuesto Participativo y su Modificatoria Ley Nº 29298. · Ley Nº 26300 de los Derechos de Participación y Control Ciudadano y Modificatorias. · Ley Nº 28411 del Sistema Nacional de Presupuesto y Modificaciones · Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modificatorias. · D.S. 304-2012-EF Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 · Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Modificatorias. · Ley Nº 29083 que modifica la Ley Nº 28411, incorporando la incidencia de políticas de equidad de género en la evaluación presupuestal. · Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Marco de Presupuesto Participativo, Modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF en el artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28056. · Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, Modificado por el Decreto Supremo Nº º 1322010-EF en los artículos 3º, 4º, 5º correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. · Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, Aprobado con Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01. Artículo Sexto.- Las pautas, procedimientos y responsabilidades establecidas en el presente Reglamento son de estricto cumplimiento de los Organismos Públicos y Privados de nivel provincial que desarrollan sus actividades en el ámbito de la Municipalidad Provincial de Cañete. Artículo Séptimo.- DEFINICIONES GENERALES Las definiciones generales en el contexto del presente Reglamento son: 7.1 Proceso Participativo.- Es el conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo integral de nuestra provincia, que incluye la participación de la población en el proceso de toma de decisiones. Los productos más importantes del Proceso Participativo son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. 7.2 Plan de Desarrollo Concertado.- Es un instrumento de base territorial, temático y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso de Presupuesto Participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad sobre su base se identifican, analizan y priorizan los problemas y soluciones durante la fase de concertación del Presupuesto Participativo. 7.3 Plan Estratégico Institucional.- Es un instrumento orientador de la gestión o quehacer institucional, formulado desde una perspectiva multianual. Toma en cuenta la Visión del Desarrollo, los objetivos Estratégicos y Acciones Concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y los lineamientos establecidos en los PESEM. Contienen los Objetivos Institucionales y las acciones que le corresponden realizar en el marco de sus competencias. El PEI equivale al Plan de Desarrollo Institucional señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades. 7.4 El Plan Operativo Institucional.- Es una herramienta de planificación a corto plazo, que sirve

para la identificación de los objetivos institucionales en el Plan Estratégico Institucional y los Planes de Desarrollo Concertado, orientando la asignación de recursos municipales a la ejecución de actividades y proyectos considerados de vital importancia para el desarrollo de la municipalidad provincial. 7.5 Presupuesto Participativo.- Es un instrumento de política y de gestión, es el espacio y proceso de concertación entre la población y las autoridades, mediante el cual se definen las prioridades de inversión a implementar en la provincia de Cañete, promoviendo el desarrollo local con una visión de futuro concertada y en el Marco de Plan de Desarrollo Concertado. Dicha herramienta contribuye al mejoramiento de la Gobernabilidad Local, la eficiencia y transparencia en la gestión pública, el control social de los recursos y empoderamiento de la ciudadanía en las decisiones del Gobierno Local, generando compromisos de todos los Agentes Participantes para la consecución de objetivos estratégicos. 7.6 Agente Participante.-Es quien participa con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y proyectos de inversión durante las fases del proceso del Presupuesto Participativo. El agente participante adquiere su condición cuando se inscribe en el libro de Registros de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo del año correspondiente. 7.7 Talleres de Trabajo.- Reuniones convocadas en el marco del proceso participativo con la finalidad de identificar desde una perspectiva temática y territorial, los problemas y potencialidades de nuestra provincia, así como el planeamiento de las acciones y proyectos a priorizarse en los talleres. 7.8 Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como organismos públicos e instituciones privadas dentro de la jurisdicción de la provincia. 7.9 Problema.- El problema central es aquella situación negativa que afecta a toda la población o a una parte de ella dentro del área de influencia del proyecto. Se debe identificar desde el lado de la demanda (necesidad por satisfacer) sobre la base, fundamentalmente, del diagnóstico del grupo afectado. 7.10 Proyecto de Inversión Pública.- Intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora o provisión de bienes y servicios; cuyos beneficios se generan durante la vida útil del proyecto. 7.11 Presupuesto Participativo Basado en Resultados.- Se enmarca dentro del nuevo enfoque de la Gestión Público, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población. Lograr estos cambios supone producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de vida de las personas, para asegurar la calidad de la inversión solo debe priorizarse proyectos que puedan ser viables y sostenibles. Artículo Octavo.- PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 8.1 Participación.- La municipalidad de Cañete promoverá el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado, así como en la vigilancia ciudadana de la gestión de los recursos públicos. 8.2 Transparencia.La municipalidad de Cañete incorporara en el Aplicativo Interactivo para el presupuesto participativo MEF y en el portal institucional la información referente al proceso del Presupuesto Participativo, los avances de la ejecución de los proyectos de inversión para el conocimiento de los ciudadanos y ciudadanas. 8.3 Igualdad de Oportunidades.- La municipalidad de Cañete promoverá la incorporación de organizaciones sociales temáticas y la participación de Agentes Participantes rechazando toda forma de discrimación. 8.4 Tolerancia.- La municipalidad de Cañete respetará

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