Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 8 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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por el tema de políticas y articulación sectorial. Se viene haciendo supervisiones para revisar procedimientos y número de casos atendidos así como, la especialización y certificación necesaria para el conocimiento del tratamiento a aplicar. Por otro lado, se viene coordinando con MRE para un procedimiento prototipo para la atención y articulación con el MIMP en los casos de peruanas migrantes en el exterior frente a situaciones de violencia de género. Debemos precisar que el MIMP se encuentra diseñando un "Plan de reintegración de víctimas de trata de personas" cuyo objetivo general es reintegrar a las personas afectadas por el delito de trata, a la sociedad de una manera digna y sostenible, a través de la restitución de sus derechos, su recuperación y el acompañamiento de las instituciones públicas y privadas. Además, se ha iniciado un proceso de identificación y derivación de los casos de trata laboral a las instancias correspondientes. 4.8. DISCRIMINACIÓN SOCIAL Y DE GÉNERO EN LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS Por los patrones social y culturalmente arraigados, las relaciones entre la trata de personas y los prejuicios sociales en contra de sus víctimas (más aún si son mujeres) no son evidentes a primera vista; no obstante, estas resultan innegables. Muchas veces las víctimas son rechazadas por su propia familia, además de la sociedad, siendo inclusive estigmatizadas debido a que, en ocasiones, se les suele culpar de haber sido víctimas de trata148. Esta situación se evidencia incluso en los casos de las y los adolescentes residentes en Centros de Atención Residencial de víctimas de trata, a quienes se les descalifica y discrimina como si fuesen las responsables de su explotación, revictimizándolas149. "La trata... tiene (...) connotaciones de discriminación. En el caso de la trata con destino al mercado mundial del sexo, estamos hablando de hombres de países relativamente prósperos que pagan los servicios sexuales de mujeres y niñas (y a veces de hombres y niños) procedentes de países menos ricos". "Esto no es tan sólo una cuestión de derechos laborales o de desarrollo desigual. Es una cuestión básica de derechos humanos porque tiene que ver con una forma de discriminación muy extendida y muy destructiva"150. De la información existente sobre las presuntas víctimas según el tipo de explotación, se encuentra que el 41.6% de ellas fue objeto de explotación sexual (que es la cifra más alta entre los tipos de explotación identificada), lo que comprende brindar servicios sexuales en prostíbulos, servir de damas de compañía en bares o night clubs, entre otros151. Cuando se analiza qué mujeres y niñas corren más riesgo de ser víctimas de la trata de personas, queda claro que el riesgo es mayor cuanto mayor es la marginación racial y social. Además, la raza y la discriminación social pueden no sólo constituir un factor de riesgo, sino también determinar el trato al que son sometidas152. El problema se agrava teniendo en cuenta la tolerancia a la prostitución forzada, ampliamente arraigada y aceptada en la sociedad153. Es más, muchas veces, las redes de trata de mujeres para explotación sexual, especialmente aquellas dedicadas al turismo sexual, promueven la imagen de la mujer latina como exótica, voluptuosa, ardiente y dispuesta a complacer a todos los hombres, reforzando de esta manera una visión sexista y discriminatoria de las mujeres154. 4.9. LIMITADA INSTITUCIONALIDAD Y CAPACIDAD ORGANIZATIVA PARA LA PROTECCIÓN, FISCALIZACIÓN Y PERSECUCIÓN El Estado requiere estar adecuadamente organizado, estructurado y además llevar a cabo una adecuada gestión para poder cumplir con su función, siendo la principal la defensa de las personas y el respeto de su dignidad. Existe a la fecha una insuficiencia de estrategias integrales y una debilidad en el funcionamiento del aparato estatal para enfrentar la trata de personas, lo que comprende la fiscalización administrativa, así como la persecución del delito, situación que se agrava ante los problemas de corrupción e impunidad155, no solo en el sistema de justicia sino en todo el aparato estatal.

Se advierte además una clara falta de autonomía, presupuesto y voluntad de cooperación y coordinación intra e interinstitucional, que dificulta una auténtica protección de las víctimas de trata de personas a partir de servicios especializados. De ahí la importancia de trabajar en reforzar la actuación estatal, de la mano con la sociedad civil, para una respuesta más rápida y eficiente frente a este tipo de situaciones, por lo que se requieren mejores y más completas estrategias y técnicas dirigidas a mejorar las capacidades para la investigación del delito de trata de personas y el procesamiento y sanción de las y los responsables. Aun cuando hay esfuerzos por fortalecer a las instituciones encargadas de la persecución del delito, estos son insuficientes y aun aislados, y no existe un sistema especializado de protección a víctimas que responda a todas las formas de explotación y a cada situación particular, y, le brinde atención en salud (física y psicológica), jurídica y social, ni que fortalezca los mecanismos de denuncia, procedimientos, ni la institucionalidad. Si bien a través de los Centros de Emergencia Mujer se brinda una atención interdisciplinaria (psicológica, legal y de apoyo social) a las personas víctimas de trata con fines de explotación sexual, y se realizan acciones para el seguimiento de estos casos ­ conforme lo establece la Guía de Atención Integral de los CEM ­ la interpretación que se le da a este instrumento es restrictiva. Ejemplo de ello es que excluye de la atención a las víctimas de trata por otras finalidades (explotación laboral, por ejemplo). De ahí que el 87% de mujeres y 73% de hombres consideran que no reciben asistencia por parte del MIMP156. En tal sentido resulta necesario hacer hincapié en la necesidad de reforzar las capacidades organizativas y de recursos (humanos y materiales) con los que se cuenta al interior de las entidades encargadas de brindar protección a las víctimas y en el sistema de justicia, para una adecuada a la protección de las víctimas de trata. Esta atención y protección debe partir de tener a éstas como eje; lo que por cierto implica un cambio de paradigma que permitirá además el fortalecimiento de los mecanismos de denuncia y procedimientos, mejorando la investigación, juzgamiento y sanción eficaz. En concordancia con lo expuesto, para fortalecer la respuesta institucional y capacidades integrales, en un adecuado desarrollo de la prevención, fiscalización, persecución del delito, sanción eficaz, y reintegración de las víctimas en los tres niveles de gobierno, se han dado avances a partir de la emisión de protocolos sectoriales e intersectoriales. Se espera brindar una mejor atención

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Ministerio del Interior. Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas. ¡Denuncia!, folleto, Lima, s/f. BARRANTES, Carmen. Protegidas o revictimizadas. Alerta nacional sobre el modelo de gestión en los CAR de víctimas adolescentes de trata de personas. Lima, Terre de hommes, p.31. Conferencia mundial contra el racismo. La dimensión racial de la trata de personas, especialmente mujeres y niños. En: http://www.un.org/es/events/ pastevents/cmcr/issues.htm Ministerio Público. Fiscalía de la Nación. Observatorio de la Criminalidad. Cifras Estadísticas 2009-2014. Trata de personas. Lima, 2015. Conferencia mundial contra el racismo. La dimensión racial de la trata de personas, especialmente mujeres y niños. En: http://www.un.org/es/events/ pastevents/cmcr/issues.htm Organización Internacional para las Migraciones OIM y Movimiento El Pozo (2005). Trata de mujeres para fines sexuales comerciales en el Perú, Lima, p.19, citada en: Ministerio del Interior del Perú (2013). Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018. Acuerdo Nacional por la Seguridad Ciudadana, p. 47. Disponible en: http://svc.summit-americas.org/sites/default/files/Plan.Nacional.Seguridad. Ciudadana.2013-2018.pdf, visitado por última vez el 9 de marzo del 2017. FLORA TRISTÁN. Diagnóstico sobre trata de mujeres, niños y niñas en ocho ciudades del Perú. VALDÉS, Ricardo y BASOMBRIO, Carlos. Trata de personas e inseguridad ciudadana. Lima, CHS, 2015, p.70. Capital Humano y Social Alternativo. IV Informe Alternativo. Balance de la sociedad civil sobre la situación de la trata de personas en el Perú 20152016. CHS, USAID, Fundación Konrad Adenauer, Lima, 2016.

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