Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 8 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Antes de la entrada en vigencia del PNAT 2011-2016, había una menor toma de conciencia de la que hoy existe sobre el grave problema social que es la trata de personas. Ya en el año 2012, el informe de la Oficina de las Contra la Droga y Delito166 indicaba que el combate contra la trata de personas exige distintos enfoques, por lo que trabajar el tema de sensibilización y/o desarrollo de campañas estratégicas no solo debía partir de un enfoque de respeto a los derechos humanos, sino también de acciones ligadas a un enfoque de género. En el marco del PNAT 2011-2016, el Grupo Multisectorial, que también incluyó actores de la sociedad civil, continuó reuniéndose para coordinar esfuerzos en la lucha contra el delito de trata de personas. Aunque al inicio se desplegaron pocos esfuerzos para sensibilizar a la población, las autoridades y organizaciones de la sociedad civil colaboraban en la conducción de campañas y eventos de sensibilización167. Si bien hay un incremento en las acciones dentro del campo de la prevención y sensibilización a nivel nacional, así como de la toma de conciencia168, dichas acciones resultan aun suficientes para combatir el problema de la trata de personas. A pesar de ello, aun existe desconocimiento del delito por parte de personas y funcionarios y funcionarias, así como una normalización de la trata basada en estereotipos discriminadores. Persiste la indiferencia por parte de las personas, al considerar a la trata de personas un tema lejano y ajeno. Además, hay una percepción del ciudadano y ciudadana respecto a que la lucha contra la trata es responsabilidad exclusiva del Estado. De otro lado, la corrupción y las pocas condenas frente a las denuncias incrementan la percepción de impunidad, la que se considera un problema del Estado. Por lo expuesto se requiere disminuir la tolerancia social en todo el país, lo que sin embargo no se contrapone con incidir en las zonas de mayor prevalencia de trata. 4.13. DÉBIL CULTURA DE DENUNCIA La cultura de denuncia se refiere al rol del ciudadano y ciudadana en la lucha contra el delito, planteándole la participación en la prevención, mediante el derecho al conocimiento y la práctica de medidas proactivas, tendientes a disminuir la condición de víctima, así como a incrementar la denuncia. La finalidad es que la ciudadanía se involucre en las acciones tendientes a prevenir los factores criminógenos en nuestra sociedad y que busque desarrollar acciones preventivas para lograr su propia protección y la de sus seres cercanos169. Persiste sin embargo la tolerancia social. Mientras las personas no conozcan y no consideren el delito de trata de personas como un problema social y con consecuencias en la seguridad ciudadana, no existirá una cultura de denuncia, que implique el involucramiento de la población y sociedad civil en los esfuerzos por contrarrestar esta situación. En el país se han desarrollado algunas acciones, aunque aún aisladas, que establecen mecanismos de denuncia vía telefónica y que buscan incentivar la denuncia; sin embargo no se tiene conocimiento de actividades que involucren un desarrollo de cultura de denuncia de manera continua y programática. 4.14. DÉBIL ENFOQUE DE SEGURIDAD CIUDADANA Es necesario visibilizar el problema como uno más de seguridad ciudadana170 que afecta a toda la población, y no únicamente como un problema aislado o que afecta a un grupo apartado. El desarrollo del enfoque de seguridad ciudadana es una política del Estado, en coordinación y articulación con la sociedad, que promueve la convivencia pacífica y la erradicación de la violencia, a través de la prevención, persecución e investigación de diversos delitos, como el de la trata de personas. En tal sentido es necesario implementar un enfoque de seguridad ciudadana al delito de la trata de personas, como parte de la criminalidad organizada, estudiando su definición y estructura, bien jurídico protegido, y su modo de relación con otros tipos penales, atendiendo a distintos factores que fomentan la inseguridad ciudadana, como la permisividad, la tolerancia social, la corrupción y la impunidad. Un enfoque de seguridad ciudadana permitirá ampliar los conocimientos

sobre la propia naturaleza del fenómeno (pluricausal, dinámico y multidimensional)171. Preocupa entonces que, pese a que a que en la actualidad el problema de inseguridad ciudadana es considerado en el Perú como uno de los principales problemas del país172, desde el ámbito institucional, no exista todavía un suficiente enfoque de seguridad ciudadana en relación al delito de trata de personas por parte de las instituciones y operadores y operadoras jurídicos encargados de su persecución, a partir del establecimiento de labores de inteligencia, canales de denuncia, procedimientos, etc. Es más, las personas y las autoridades de los gobiernos regionales y gobiernos locales difícilmente establecen la relación que existe entre inseguridad ciudadana y trata de personas173. La situación se agrava ante la insuficiente capacitación y preparación de las y los operadoras y operadores, siendo el principal problema la falta de comprensión de la complejidad del fenómeno174. Lo expuesto genera una ausencia del conocimiento de lo que es el delito de trata de personas, existiendo la idea generalizada de que se trata de un delito aislado y lejano. En este contexto no se tiene suficiente conocimiento de su vinculación y sus consecuencias con el problema social de la elevada y creciente inseguridad ciudadana, ni tampoco existen suficientes documentos ni informes que evidencien a la trata de personas como un problema de seguridad ciudadana. Existen sin embargo algunos avances, aunque aislados, como el hecho de que el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), en el documento de Evaluación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana (2013-2018) periodo Julio ­ Diciembre 2015, establezca que el Ministerio del Interior, en relación con el Objetivo Estratégico Nº 4, ha desarrollado acciones a través de la "Línea 1818 ­ Central Única de Denuncias", para que las y los ciudadanos puedan denunciar actos de corrupción en el Sector Interior y la PNP, en casos de trata de personas y todo tipo de delitos de crimen organizado175. Por su parte, si bien en el citado Plan Nacional de Seguridad

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Oficina de las Naciones Contra la Droga y Delito. El estado de la trata de personas en el Perú, 2012, p.65. Embajada de Estados Unidos en Perú. Informe sobre trata 2011. Federación Iberoamericana del Ombudsman. Diagnóstico sobre las políticas públicas y la respuesta institucional de los Estados contra la trata de personas en la Región Andina. Quito, 2016, p.46. ROMERO MUÑOZ, Rogelio. "La Participación Ciudadana en la Prevención del Delito como un Derecho de Acceso a la Cultura". Ponencia presentada en México. Disponible en: http://www3.diputados.gob.mx/camara/content/view/full/229079 La seguridad ciudadana entendida como "(...) como aquella situación donde las personas pueden vivir libres de las amenazas generadas por la violencia y el delito, a la vez que el Estado tiene las capacidades necesarias para garantizar y proteger los derechos humanos directamente comprometidos frente a las mismas. En la práctica, la seguridad ciudadana, desde un enfoque de los derechos humanos, es una condición donde las personas viven libres de la violencia practicada por actores estatales o no estatales". Ver: "Párr. 221 del Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)". (OEA/Ser.L/V/II. Doc. 57. 31 diciembre 2009. Original: Español), elaborado en el marco de un acuerdo entre la CIDH, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)." DELLA PENNA, Cecilia. Aspectos fundamentales sobre la trata de personas. Algunas particularidades del caso argentino. URVIO, Revista Latinoamericana de Estudios de Seguridad. Junio 2014, Nº 14, pp. 28-47. VALDÉS, Ricardo y BASOMBRIO, Carlos. Trata de personas e inseguridad ciudadana. Lima, CHS, 2015, p.12. VALDÉS, Ricardo y BASOMBRIO, Carlos. Trata de personas e inseguridad ciudadana. Lima, CHS, 2015, p. 51. LÓPEZ WONG, Rosario. "Los retos de la labor fiscal en la persecución de la trata de personas en el Perú". En: Seminario la lucha contra la Trata de Personas desde un enfoque de derechos. Múltiples miradas. Compilación de Ponencias, Lima, Idehpucp, 2015, p. 8. Ministerio del Interior del Perú (2015). Evaluación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 -2018. Periodo Julio ­ Diciembre 2015. Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, p. 29. Disponible en: http://conasec.mininter.gob.pe/contenidos/userfiles/files/Eval%20 PNSC%20%28II%20sem2015%29.pdf, visitado por última vez el 9 de marzo del 2017.

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