Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Jueves 8 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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funcionamiento, así como de los resultados que garanticen su efectivo cumplimiento. Es por ello que el monitoreo o seguimiento resulta fundamental para poder evaluar la efectividad de las políticas establecidas para combatir la trata de personas. La falta de monitoreo de las políticas para enfrentar problemas como el de la trata de personas es, desde tiempo atrás, una constante en el Estado. La única data encontrada sobre evaluación realizada por el Estado ha sido en el 2009, cuando se monitoreó el Sistema RETA por el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas138. Si bien el PNAT 2011-2016 contó con algunos indicadores en materia de monitoreo y evaluación, estos fueron mínimos, pues dicho plan no contó con un sistema de monitoreo y evaluación. Tampoco se elaboró una línea de base sobre la cual se revisen los indicadores planteados y se establezca el respectivo sistema de monitoreo. Así, el PNAT 2011-2016 finalizó sin que se haya realizado un diagnóstico o evaluación oficial sobre el mismo139. A nivel institucional se observa que existen diferentes sistemas de información en las instituciones que participan en la Comisión Multisectorial, pero no han desarrollado un sistema de monitoreo y evaluación del PNAT. No se cuenta con presupuesto suficiente para el establecimiento e implementación de este sistema. 4.5. GESTIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS La existencia de voluntad para enfrentar el problema es importante, pero insuficiente cuando se carece de los recursos necesarios para establecer e implementar y evaluar políticas públicas adecuadas contra la trata de personas. Antes de la entrada en vigencia del PNAT 2011-2016, se establecía expresamente la necesidad de que se manejara un presupuesto especial por parte del Grupo Multisectorial de Trabajo Permanente contra la Trata de Personas, con el fin de ejecutar las actividades planteadas en el entonces nuevo Plan Nacional contra la Trata de Personas140. En octubre de 2011, cuando se publicó el PNAT (DS 004-2011IN), se solicitó a las diversas entidades gubernamentales que asignaran fondos de sus propios presupuestos para implementar el plan. Sin embargo, ello no ocurrió. En este contexto, mientras que el MININTER, el MIMP y el MTPE fueron los únicos sectores que utilizaron el pliego presupuestal específico para la implementación del PNAT 2011-2016 al realizar sus reportes141, la mayoría de ministerios no contaba con fondos asignados para la lucha contra el delito de trata de personas que les permitiera cumplir con sus responsabilidades142. En consecuencia, se puede resumir en que a la fecha: - No existe un costeo del Plan Nacional contra la Trata de personas - No existe presupuesto específico de los sectores para el tema, por lo que es ejecutado con cargo al presupuesto de cada sector. Tampoco para la implementación del PNAT. - Diversas instituciones continúan considerando un serio problema a la falta de presupuesto para concretar las acciones planteadas en el PNAT143. - Se dan algunos avances en la asignación e incremento de los recursos presupuestales para el establecimiento e implementación de acciones y actividades programáticas para la lucha contra la trata de personas. Sin embargo, aún se carece de presupuestos específicos programáticos, adecuados y suficientes que permitan el cumplimiento del nuevo PNAT. A pesar de lo expuesto puede calificarse como un avance, aunque aún inicial, el que ya se venga en algunos sectores (como MININTER, MIMP y MTPE) distinguiendo entre el presupuesto asignado y el presupuesto efectivamente ejecutado144. Lo expuesto va de la mano, con la cada vez mayor importancia de contar con presupuestos por resultados. 4.6. INSUFICIENTES ACUERDOS BILATERALES Y MULTILATERALES Ante la creciente globalización y la consecuente movilidad humana internacional, que impacta en grados

distintos, particularmente, en las personas en situación de vulnerabilidad, resulta indispensable tender puentes hacia la cooperación entre el Perú y la Comunidad Internacional -para la lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, por medio de la negociación internacional, suscripción y perfeccionamiento de tratados vinculados a los ejes estratégicos y objetivos del Plan Nacional. Existe una estrategia de política exterior del Estado peruano elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores para la conformación gradual de un cinturón de protección jurídica internacional contra la trata de personas a partir de un bloque de instrumentos jurídicos internacionales que brindarán posibilidades a las entidades de la CMNP TP-TIM para articular y transversalizar planes, programas, acciones y actividades a partir de Planes de Trabajo y Hojas de Ruta contra la trata internacional de personas fortalecidas desde las sinergias de la cooperación internacional. En la relación bilateral con Ecuador, en el 2016, se suscribió a través del Canje de Intercambio de Notas Reversales, el "Acuerdo binacional entre la República del Perú y la República del Ecuador para la prevención e investigación del delito de trata de personas y la asistencia y protección de sus víctimas", que eleva a nivel de Estados la cooperación frente a la trata de personas y tener como contexto el mecanismo diplomático de los Encuentros presidenciales y Gabinetes binacionales de Ministros. Asimismo, existe el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional en materia de trata de personas entre los ministerios del Interior de la República del Perú y la República del Ecuador, que se suscribió en el 2013. En el 2015, se suscribieron el "Acuerdo entre la República del Perú y la República de Colombia para la prevención, investigación, persecución del delito de la trata de personas y para la asistencia y protección a sus víctimas" y el "Acuerdo entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para fortalecer la lucha contra la trata de personas, el tráfico ilícito de migrantes y los delitos conexos", para fortalecer la cooperación internacional y extender la relación bilateral con ambos Estados a partir de los institucionalizados Encuentros presidenciales y Gabinetes binacionales. El 25 de julio de 2014, se suscribió una Declaración conjunta entre la República del Perú y el Departamento de Seguridad de los Estados Unidos con el objetivo de fortalecer los esfuerzos para combatir el delito de trata de personas. A la fecha se encuentran en proceso de negociación iniciada, los Acuerdos Bilaterales en materia de trata de personas con las repúblicas de: Argentina, Paraguay y Chile y en fase germinal de negociación con Uruguay- y Brasil. Siendo importantes los avances graduales en la articulación de instrumentos jurídicos internacionales para la lucha contra la trata de personas, las acciones conjuntas para la persecución de redes de criminalidad organizada transnacional requieren continuar con los avances de articulación de instrumentos de cooperación con otros Estados y participación en Foros Internacionales, donde se validan estándares internacionales técnicos especializados que se integran a las políticas públicas para la efectiva protección y asistencia de las y los

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Defensoría del Pueblo. La trata de personas en agravio de niños, niñas y adolescentes. Informe Defensorial 158. Lima, 2013, p.150. CHS Alternativo. IV Informe Alternativo. Balance de la sociedad civil sobre la situación de la trata de personas en el Perú 2015-2016. CHS, USAID, Fundación Konrad Adenauer, 2016, p.89. Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito. El estado de la trata de personas en el Perú, 2012, p.61. CHS Alternativo. IV Informe Alternativo. Balance de la sociedad civil sobre la situación de la trata de personas en el Perú 2015-2016. CHS, USAID, Fundación Konrad Adenauer, Lima, 2016, p.19. Embajada de Estados Unidos en Perú. Informe sobre trata 2011. Oficina de las Naciones Contra la Droga y Delito. El estado de la trata de personas en el Perú, 2012, p.117. Capital Humano y Social Alternativo. IV Informe Alternativo. Balance de la sociedad civil sobre la situación de la trata de personas en el Perú 20152016. CHS, USAID, Fundación Konrad Adenauer, Lima, 2016, p.19.

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