Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2017 (17/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de junio de 2017 /

El Peruano

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del General de División José Alberto VIZCARRA ALVAREZ, identificado con CIP N° 112752700, DNI N° 43611961, Comandante General del Comando de Educación y Doctrina del Ejército, y del Coronel EP Max Hernando MARIN LIRA, identificado con CIP N° 115546600, DNI N° 43736261, Jefe de Doctrina del Ejército, para participar en la visita a las instalaciones al Comando de Entrenamiento y Doctrina del Ejército de los Estados Unidos de América (TRADOC), en el Fuerte Eustis, Ciudad de Newport News, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 18 de junio de 2017 al 24 de junio de 2017, que incluye el tiempo de viaje. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército Peruano, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima ­ Estado de Virginia (Estados Unidos de América) ­ Lima (Clase Económica): US$ 1,860.00 x 02 personas (incluye TUUA) US$ 3,720.00 Viáticos por Comisión de Servicio al Exterior: US $ 440.00 x 05 días x 02 personas (19 al 23 jun 2017) US$ 4,400.00 -------------------Total a pagar en Dólares Americanos US$ 8,120.00

CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio KORDEF 17-028 de fecha 21 de febrero de 2017, el Agregado de Defensa de la Embajada de la República de Corea en la República del Perú, hace extensiva una invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y un acompañante para que participen en el simposio "International Aerospace Symposium" (16 de octubre), el mismo que se realizará en el marco del evento "Seoul International Aerospace and Defense Exhibition 2017" en la ciudad de Seúl ­ República de Corea del 17 al 22 de octubre de 2017, asimismo solicita su presencia del 15 al 19 de octubre de 2017; Que, mediante la Papeleta de Trámite NC-35-SGFA-N° 1954 de fecha 28 de abril de 2017, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice al Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el simposio "International Aerospace Symposium", el mismo que se realizará en el marco del evento "Seoul International Aerospace and Defense Exhibition 2017" en la ciudad de Seúl ­ República de Corea del 15 al 19 de octubre de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva para que participe en el simposio "International Aerospace Symposium", el mismo que se realizará en el marco del evento "Seoul International Aerospace and Defense Exhibition 2017" en la ciudad de Seúl ­ República de Corea del 15 al 19 de octubre de 2017; por cuanto, permitirá intercambiar experiencias y tomar conocimiento real de los últimos avances en materia de tecnología aeroespacial, defensa y seguridad, redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la República de Corea asumirá el costo de los pasajes aéreos, hospedaje y transporte interno del personal designado para participar en la referida actividad; Que, no encontrándose cubierto el gasto de alimentación del personal designado, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo único de la Resolución Ministerial Nº 696-2013 DE/SG de fecha 16 de agosto de 2013, que establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan financiamiento parcial, corresponde otorgar a su favor el pago del 40% de la escala de viáticos regulado en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación; así como, su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0066 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 18 de mayo de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, el gasto derivado por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto

Articulo 3.- El General de Ejército Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1533848-1

Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Corea, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 832-2017 DE/FAPLima, 14 de junio de 2017 Visto, el Oficio KORDEF 17-028 de fecha 21 de febrero de 2017 del Agregado de Defensa de la Embajada de la República de Corea en la República del Perú y la Papeleta de Trámite NC-35-SGFA-N° 1954 de fecha 28 de abril de 2017 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú.

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