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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (17/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 17 de junio de 2017 El Peruano / resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del consultor cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1534317-1 EDUCACION Aprueban las Bases del V Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Educación Técnica y Artística - 2017, y de la VI Feria Nacional de Proyectos de Investigación Aplicada, Desarrollo e Innovación - 2017 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 116-2017-MINEDU Lima, 16 de junio de 2017VISTOS, el Expediente Nº 0081688-2017, Informe Nº 90-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de la Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe Nº 551-2017-MINEDU/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 8 de la Ley, establece que la educación peruana se sustenta en el principio de la creatividad e innovación, las cuales promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura. Asimismo, el literal g) del artículo 13 de la Ley, establece que uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la investigación e innovación educativa; Que, el artículo 65 de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, señala que los docentes de los Institutos de Educación Superior y de las Escuelas de Educación Superior públicos son agentes del proceso formativo con dominio actualizado en su especialidad, que forman personas en el campo de las ciencias, tecnología y la docencia; asimismo, el artículo 21 de la ley antes citada indica que las referidas Escuelas desarrollan investigación aplicada e innovación a través del trabajo coordinado de los docentes y estudiantes y de alianzas y sinergias con los sectores productivos, instituciones públicas o privadas, nacionales e internacionales; los Institutos también pueden desarrollar estas actividades; Que, mediante O fi cio N° 356-2017-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística remite el Informe Nº 90-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, elaborado por la Dirección de Servicios de la Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, a través del cual propone la realización del V Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Educación Técnica y Artística 2017 y la VI Feria Nacional de Proyectos de Investigación Aplicada, Desarrollo e Innovación 2017, con el fi n de difundir buenas prácticas docentes y proyectos de innovación de instituciones que brindan educación técnico-productiva, superior tecnológica y artística, así como para revalorar y promocionar la educación técnico-productiva, superior tecnológica y artística; Con el visado de la Viceministra de Gestión Pedagógica, del Director General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística y de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley Nº 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar las Bases del V Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Educación Técnica y Artística - 2017, y de la VI Feria Nacional de Proyectos de Investigación Aplicada, Desarrollo e Innovación - 2017, las mismas que como Anexos forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; y, a las Direcciones Regionales de Educación y/o Gerencias Regionales de Educación, el cumplimiento de las Bases aprobadas en el artículo anterior. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA MIRANDA MOLINA Viceministra de Gestión Pedagógica 1534216-1 Aprueban Norma Técnica denominada “Norma para facilitar el proceso de contratación administrativa de servicios de especialistas en seguimiento y monitoreo de institutos de formación docente en las Direcciones Regionales de Educación, y de vigilantes para los institutos de formación docente públicos, en el marco del Plan de Fortalecimiento de Institutos Públicos de Formación Docente para el año 2017” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 163-2017-MINEDU Lima, 16 de junio de 2017VISTOS, los Informes Nº 296-2017-MINEDU/VMGP- DIGEDD-DIFOID y Nº 362-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 577-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, establece que es función del Ministerio de Educación defi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;