Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2017 (17/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 17 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Enel Green Power Perú S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Rubí ­ S.E. Montalvo, que incluye la nueva S.E. Rubí, la ampliación en la S.E. Montalvo y la línea de transmisión que conecta estas subestaciones, ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:
Salida/Llegada de la Línea de Transmisión S.E. Rubí ­ S.E. Montalvo Tensión (kV) 220 N° de Ternas 01 Ancho de Faja de Longitud Servidumbre que (km) corresponde (m) 21,51 25

Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, conforme lo establece la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Legislativo, el Poder Ejecutivo reglamenta dicha norma en el plazo de sesenta días calendarios posteriores a su publicación; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Legislativo N° 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el mismo que consta de tres títulos, diecinueve artículos, dos Disposiciones Complementarias Finales, cuatro Disposiciones Complementarias Transitorias y una Disposición Complementaria Derogatoria, cuyo texto en anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo, así como el anexo referido en el artículo 1 de esta norma en el diario oficial El Peruano. Dicho anexo también debe ser publicado en los portales institucionales del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (www.bomberosperu. gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de junio del año dos mil diecisiete. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud Encargada del despacho del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 503-2017 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Enel Green Power Perú S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión N° 503-2017, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del concesionario de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del citado Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1532946-1

INTERIOR
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú
DECRETO SUPREMO N° 019-2017-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en uso de las facultades delegadas por el Congreso de la República al Poder Ejecutivo mediante Ley N° 30506, se dictó el Decreto Legislativo N° 1260,

REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1260, DECRETO LEGISLATIVO QUE FORTALECE EL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ COMO PARTE DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y REGULA LA INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERÚ Artículo 1.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto regular y desarrollar el Decreto Legislativo N° 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de

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