Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2017 (17/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 17 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el simposio "International Aerospace Symposium", el mismo que se realizará en el marco del evento "Seoul International Aerospace and Defense Exhibition 2017" en la ciudad de Seúl ­ República de Corea del 15 al 19 de octubre de 2017; así como su salida del país el 13 de octubre de 2017 y retorno el 21 de octubre de 2017: General del Aire NSA: O-9373077 Comandante FAP NSA: O-9654396 JAVIER ENRIQUE RAMIREZ GUILLEN DNI: 43579926 MIRKO MACHIAVELLO VOJVODIC DNI: 43279900

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: 40% de Viáticos (Alimentación) US $ 500.00 X 40% X 05 días x 02 personas = US $ 2,000.00 -------------------Total a Pagar = US $ 2,000.00 Artículo 3.- Los gastos de pasajes aéreos, hospedaje y transporte interno que demande la participación del personal designado, serán asumidos por la República de Corea. Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1533853-1

cursado invitación al Director General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, para que acompañado de UN (1) Oficial Asesor, participen en los actos conmemorativos del 207º Aniversario de la Prefectura Naval Argentina, a realizarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 28 de junio al 3 de julio de 2017; Que, en tal sentido, de acuerdo a lo recomendado en el Oficio P.200-1302 del Director General de Capitanías y Guardacostas, de fecha 17 de mayo de 2017, se ha visto por conveniente la participación del Vicealmirante Manuel Santiago VASCONES Morey y del Teniente Primero Luis Alberto VALDEZ Bustamante, para que participen en los mencionados actos, lo que permitirá reforzar los compromisos de cooperación para el logro de los objetivos comunes compartidos en la región Sudamérica; Que, conforme a lo indicado en el párrafo (4) de la carta mencionada en el primer considerando, el gasto por concepto de hospedaje, será proporcionado por la Prefectura Naval Argentina; por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un CUARENTA POR CIENTO (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013DE/SG, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Manuel Santiago VASCONES Morey, CIP. 01717947, DNI. 43310067 y del Teniente Primero Luis Alberto VALDEZ Bustamante, CIP. 00017450, DNI. 43139619, para que participen en los actos conmemorativos del 207º Aniversario de la Prefectura Naval Argentina, a realizarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 28 de junio al 3 de julio de 2017; así como, autorizar su salida del país el 27 de junio y su retorno el 4 de julio de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$. 1,079.69 x 2 personas US$. 2,159.38 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 6 días x 40% TOTAL A PAGAR: US$. 1,776.00 ----------------------US$. 3,935.38

Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 833-2017 DE/MGP Lima, 14 de junio de 2017 Vista, la Carta G.500-2785 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 7 de junio de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha mayo 2017, el Prefecto General de la Prefectura Naval Argentina ha

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular

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