Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2017 (17/06/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de junio de 2017 /

El Peruano

y cualquier otra norma que contravenga lo dispuesto en la Ley N° 30021 y el presente Reglamento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación PEDRO OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción y Encargado del Despacho del Ministerio de Agricultura y Riego PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud REGLAMENTO DE LA LEY N° 30021, LEY DE PROMOCIÓN DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento establece las disposiciones y acciones que deben implementarse para la aplicación y cumplimiento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes. Artículo 2.- Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de aplicación en el ámbito nacional, regional y local, en el sector público y privado. Asimismo, alcanzan a todas las personas naturales y jurídicas que fabriquen, comercialicen, importen, suministren y anuncien alimentos procesados dentro del territorio nacional. Se encuentran excluidos del presente Reglamento los anuncios dirigidos a un mercado distinto al peruano. Artículo 3.- Definiciones 3.1 Alimentación Saludable.- Es una alimentación variada, preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo, que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que toda persona necesita para mantenerse sana, permitiéndole tener una mejor calidad de vida en todas las edades. 3.2 Alimentos y bebidas no-alcohólicas en su estado natural, mínimamente procesados o con procesamiento primario (en adelante "Alimentos Naturales").- Todo alimento o conjunto de alimentos obtenido en la fase de producción primaria de la cadena alimentaria donde se encuentran en estado natural, no sometidos a transformación. Esta fase incluye dividido, partido, seccionado, rebanado, deshuesado, picado, pelado o desollado, triturado, cortado, limpiado, desgrasado, descascarillado, molido, pasteurizado, refrigerado, congelado, ultracongelado, o descongelado. 3.3 Alimentos y bebidas no alcohólicas procesados (en adelante "Alimentos Procesados").- Estos corresponden a los alimentos elaborados industrialmente (alimentos fabricados). Los alimentos procesados se refieren a todos los alimentos transformados a partir de materias primas de origen vegetal, animal, mineral o la

combinación de ellas, utilizando procedimientos físicos, químicos o biológicos o la combinación de estos para obtener alimentos destinados al consumo humano. 3.4 Azúcares.- Sacarosa, fructosa o glucosa obtenida del procesamiento industrial de la caña de azúcar, remolacha azucarera, maíz amarillo duro y sus mezclas, entre otros, en forma de producto sólido cristalizado o jarabe utilizado como ingrediente en los productos alimenticios. 3.5 Grasas saturadas.- Son aquellas grasas cuyos ácidos grasos constituyentes están compuestos por átomos de carbono ligados por enlaces simples y cuyas valencias disponibles se encuentran "saturadas"- por residuos de hidrógeno. Esto hace que su presentación sea sólida a temperatura ambiente y se derrite conforme se eleva la temperatura. En su mayoría las grasas saturadas provienen de alimentos de origen animal, aunque también están presentes en algunas plantas como la palma, el coco y cacao. 3.6 Ácidos grasos trans (AGT).- Son aquellos ácidos grasos que derivan de los procesos químicos y físicos a los que son sometidas las grasas insaturadas, con la finalidad de obtener alimentos grasos de textura más fluida y más fáciles de conservar y también aquellos ácidos grasos que pueden derivar de la tecnología utilizada para el procesamiento de alimentos, por lo que su composición química (isómeros geométricos de ácidos grasos mono insaturados y poli insaturados que poseen en la configuración trans dobles enlaces carbono-carbono no conjugados, interrumpidos al menos por un grupo metileno) los hace perjudiciales a la salud, ya que funcionan y se metabolizan como si fueran grasas saturadas. 3.7 Sodio.- Es un elemento químico que existe de manera natural en los alimentos, asociado a otros residuos moleculares o átomos a manera de enlace de tipo iónico formando sales químicas. Es de gran importancia ya que ayuda a mantener el equilibrio hídrico y ácido base de cualquier organismo, constituyendo su compuesto más habitual, el cloruro de sodio o lo que usualmente se denomina sal de mesa. Asimismo, encontramos otras sales de sodio que son de origen industrial, como el glutamato monosódico (acentuador del sabor); benzoato de sodio, acetato de sodio, bicarbonato de sodio (reguladores de acidez y conservantes); hidróxido de sodio, carbonato de sodio (regulador de acidez); eritorbato de sodio (antioxidante), entre otros. Un gramo de `sal de mesa' contiene 400mg de sodio (1 gramo de sodio equivale a 2.5 gr de sal de mesa). 3.8 Quiosco escolar saludable.- Es el servicio que se realiza en un espacio dentro del local escolar donde se expenden alimentos y bebidas para su consumo dentro de la institución educativa. Los quioscos escolares brindan exclusivamente alimentos y bebidas saludables en el marco de las normas vigentes del Ministerio de Salud. 3.9 Comedor escolar saludable.- Es el ambiente dentro del local escolar a cargo de la institución educativa, donde las y los estudiantes y la comunidad educativa en general puede ingerir sus alimentos en un ambiente apropiado, que incluye mesas y sillas. En los comedores escolares se brindan exclusivamente alimentos y bebidas saludables en el marco de las normas vigentes del Ministerio de Salud. En los comedores escolares se implementan las normas de una alimentación saludable y de inocuidad de alimentos, formulados por el Ministerio de Salud. 3.10 Cafetería escolar saludable.- Es el servicio que se realiza en un espacio dentro del local escolar a cargo de la institución educativa, donde se expenden alimentos que son consumidos en un ambiente apropiado, que incluye mesas y sillas. También está autorizado a expender cualquiera de los alimentos permitidos en los quioscos escolares. Las cafeterías escolares brindan exclusivamente alimentos y bebidas saludables y preparaciones culinarias elaborados con ellos y se implementan las normas de una alimentación saludable y de inocuidad de alimentos, formulados por el Ministerio de Salud. CAPÍTULO II DE LOS PARÁMETROS TÉCNICOS Artículo 4.- De los parámetros técnicos sobre los alimentos procesados referentes al contenido de azúcar, sodio, grasa saturada, grasa trans. Los parámetros técnicos a considerarse para la aplicación del presente Reglamento se detallan a

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