Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2017 (17/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de junio de 2017 /

El Peruano

el artículo 11 de la Ley Nº 28933, y a las personas designadas por el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1534023-1

la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Patrik Alberto Frykberg Peralta, profesional de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 20 al 25 de junio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 6 días Pasaje aéreo US$ 440,00 por día (Incluido TUUA) (5 días de viáticos US$ + 1 por concepto de instalación) 1,803.08 2,640.00

Autorizan viaje de profesional de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 505-2017 MTC/01 Lima, 16 de junio de 2017 VISTOS: El Informe N° 027-2017-MTC/01.01 de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación CIAA; y el Memorando N° 145-2017-MTC/01.01, y; CONSIDERANDO: Que, la CIAA, mediante el Informe N° 027-2017MTC/01.01 señala que el 04 de junio de 2017, la aeronave Boeing B-737-530, con matrícula OB-2135-P, de la empresa PERUVIAN AIR LINE SAC, tuvo un incidente grave en el aeropuerto Alejandro Velasco Astete, de la ciudad de Cusco, departamento de Cusco, la citada aeronave cumplía un plan de vuelo desde la ciudad del Cusco hacia el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de la ciudad de Lima; Que, la CIAA, retiró las grabadoras de voz - CVR que se encontraban en dicha aeronave, para realizar una investigación sobre la causa que provocó el accidente; Que, con la finalidad de realizar la lectura de los Registradores de Vuelo, un profesional de la CIAA, debe recurrir a los laboratorios de la National Transportation Safety Board - NTSB en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, " (...) en su calidad de representante del Estado de Fabricación y Diseño, (...)", institución que ha puesto a disposición sus instalaciones del 21 al 25 de junio de 2017, para la extracción, decodificación y análisis correspondiente de la información del Registrador de Voz de la nave mencionada precedentemente, a efectos de determinar las causas que provocaron el accidente a fin de disponer las acciones y recomendaciones que eviten su repetición; siendo necesario señalar que en el Perú no se cuenta con la infraestructura ni personal necesarios para dicho estudio; Que, para realizar las acciones mencionadas en el considerando precedente, la CIAA designó al señor Patrik Alberto Frykberg Peralta, investigador de accidentes aéreos, quien deberá asistir a las instalaciones de la NTSB en la ciudad de Washington DC., de los Estados Unidos de América, del 20 al 25 de junio de 2017; Que, la actividad del inspector designado para realizar la investigación del accidente aéreo, resulta de interés institucional, toda vez que permitirá obtener los resultados inmediatos de las causas que originaron el citado accidente de aviación, lo cual contribuirá a mejor la seguridad operacional en beneficio del sistema de aviación civil; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Patrik Alberto Frykberg Peralta, profesional de la CIAA, del 20 al 25 de junio de 2017, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias;

Nombres y apellidos Patrik Alberto Frykberg Peralta

TOTAL US$

4,443.08

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional autorizado en el artículo 1 debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1534342-1

Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 506-2017-MTC/01 Lima, 16 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo Asesor II del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Ricardo Bernales Uzátegui, en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1534342-2

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