Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2017 (17/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de junio de 2017 /

El Peruano

Que en el evento se discutirán cuestiones actuales sobre las normas mínimas de BEPS, que comprenden: prácticas fiscales desleales, prevención del abuso de tratados y MLI, reporte país por país y la resolución de controversias fiscales; asimismo, se discutirán y aprobarán los siguientes temas relacionados a precios de transferencia: diferencias de los beneficios transaccionales, atribución de beneficios a establecimientos permanentes, así como aspectos de precios de transferencia de las transacciones financieras y la propuesta para establecer un grupo de trabajo que evalúe la futura labor de los grupos de trabajo 1 y 6; Que la participación de la SUNAT en el mencionado evento se encuentra alineada al objetivo estratégico OE1: Mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, previsto en el Plan Estratégico Institucional 2017-2019, toda vez que contribuirá en el conocimiento de estrategias y herramientas para combatir el planeamiento tributario agresivo; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 035-2017-SUNAT/5B0000 de fecha 5 de junio de 2017, resulta necesario autorizar la participación de la trabajadora Nancy Aguirre Arredondo, Especialista 4 de la Gerencia de Cumplimiento de Grandes Empresas de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las leyes anuales de presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Nancy Aguirre Arredondo del 19 al 23 de junio de 2017, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora Nancy Aguirre Arredondo, Especialista 4 de la Gerencia de Cumplimiento de Grandes Empresas de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento, del 19 al 23 de junio de 2017, para participar en la Tercera Reunión del Marco Inclusivo sobre BEPS, que se llevará a cabo en la Ciudad de Noordwijk, Reino de los Países Bajos, los días 21 y 22 de junio de 2017. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2017 de la Superintendencia Nacional de Aduanas

y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Nancy Aguirre Arredondo Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto ­ TUUA US $ 2 119,36 Viáticos US $ 2 160,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1533613-1

Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT para participar en una visita técnica al SAT de México, a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 147-2017/SUNAT Lima, 14 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 19 de mayo de 2017, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) comunica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT la conformidad del Servicio de Administración Tributaria de México (SAT) para que sus funcionarios participen en una visita técnica a las instalaciones del SAT, ubicadas en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; Que, tal como se señala en el correo electrónico de fecha 5 de junio de 2017 remitido por el SAT, la visita técnica tendrá lugar del 19 al 21 de junio de 2017; Que, dentro del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 de la SUNAT, se ha considerado la implementación del Proyecto Comprobante de Pago Electrónico que permita brindar servicios a un mayor universo de contribuyentes en el esquema de masificación de comprobantes electrónicos para, entre otros, optimizar el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias del Impuesto General a las Ventas, reducir los costos de cumplimiento (y de gestión interna) para el contribuyente al pasar del esquema físico al electrónico y mejorar la competitividad del país; Que el objetivo de la citada visita es tener un mayor conocimiento de experiencias exitosas en el diseño y la implementación de la factura electrónica en otras administraciones tributarias; en especial, en administraciones tributarias semejantes a la nuestra, como es el caso del SAT de México, lo que se encuentra alineado con el objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero; Que durante la referida visita se tratarán temas relacionados con la implementación tecnológica de la factura electrónica y los documentos digitales, así como el modelo de arquitectura tecnológica de dicho comprobante de pago y documentos digitales, entre otros; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 037-2017-SUNAT/5E0000 de fecha 6 de junio de 2017, resulta necesario autorizar la participación del trabajador

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