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65 NORMAS LEGALES Viernes 23 de junio de 2017 El Peruano / Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Fiscalización Administrativa y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1535758-3 Regulan obtención de licencia de funcionamiento de carácter excepcional para establecimientos comerciales ubicados en áreas sin zonificación de la zona Mártir Olaya ORDENANZA Nº 352-MDPH Punta Hermosa, 6 de junio de 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Punta Hermosa, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 043-2017-MDPH-GDUCT de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y el Informe Legal Nº 044-2017-MDPH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley de Reforma Constitucional, Nº 30305, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración. Que, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, dentro de una plani fi cación de desarrollo urbano que incluye la zoni fi cación, urbanismo y acondicionamiento territorial, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso 6) del artículo 195 de la Constitución Política del Estado, modi fi cada mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización. Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (...); Que, de otro lado el numeral 3.6 del artículo 79º del mismo cuerpo legal, establece que son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zoni fi cación. Que, el artículo 6 de la Ordenanza Nº 1086-MML, que Aprueba el reajuste integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana que forman parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y IV - Balnearios del Sur de Lima Metropolitana, establece como norma General para la aplicación de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo en el área materia de la indicada Ordenanza, que la edi fi cación o funcionamiento de Centros de Educación Inicial, Centros de Educación Básica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Áreas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel de Barrio y los Aportes que se trans fi eren con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no tienen necesariamente cali fi cación especial en los Planos aprobados por dicha norma, dependiendo la aprobación de su instalación, construcción u operación, únicamente de las Municipalidades Distritales, quienes elaborarán los criterios especí fi cos para su localización; Que, como es de público conocimiento, la franja de Derecho de Vía correspondiente a la Carretera Panamericana Sur en la parte correspondiente a la jurisdicción del Distrito de Punta Hermosa, se encuentra ocupada desde hace muchos años atrás casi en su totalidad por posesiones informales, las cuales cuentan con edi fi caciones realizadas en su mayoría con material noble, que se han ejecutado sin las correspondientes Licencias de Edi fi cación, Que, al mismo tiempo gran parte de los predios comprendidos en el área señalada precedentemente vienen siendo destinados a actividades comerciales sin que la entidad pueda ejercer debidamente el control municipal, por las limitaciones a otorgar las Licencias de Funcionamiento respectivas y los Informes de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones dado a la falta de zonifi cación de dicha área; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 y 9 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL PARA LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES UBICADOS EN ÁREAS SIN ZONIFICACIÓN DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza que regula los procedimientos y requisitos para la obtención de licencia de funcionamiento de carácter excepcional para los establecimientos comerciales ubicados en áreas sin zonifi cación de la zona de Mártir Olaya, el cual consta de IV Capítulos,11 artículos y Cinco Disposiciones Finales, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- HACER de conocimiento de la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial, Subgerencia de Autorizaciones Comerciales, Unidad de Fiscalización Administrativa, y demás áreas administrativas inherentes, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General de concejo, su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad de Informática y Gobierno Electrónico, su publicación en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional de esta municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1535758-2 Suspenden toda actividad administrativa en la zona Este del distrito, en la zona denominada Quebrada de Malanche ACUERDO DE CONCEJO Nº 054-2017-MDPH Punta Hermosa, 6 de junio de 2017