Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2017 (23/06/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 23 de junio de 2017 /

El Peruano

­ Región Junín, tiene como finalidad la protección y conservación de la diversidad biológica en la región Junín, contiene el Plan de Acción que como una de las acciones en su tercer Objetivo Estratégico se indica: Adoptar tecnologías y Normas de Manejo Integral para la prevención de Incendios. Que, de acuerdo al INFORME Nº03-2017-SERFOR/ ATFFS SIERRA CENTRAL/SIG/CMQN, se indica que en los últimos 3 años los incendios forestales vienen incrementándose en la Región Junín en la Selva y Sierra Central, estos incendios emiten gases de efecto invernadero contribuyendo así al calentamiento global y cambio climático. Que, se indica en el Diagnóstico que se reportan las quemas de incendios forestales cada año en los meses de junio, julio, agosto y septiembre, prolongados debido al fenómeno del niño hasta los meses octubre noviembre, de lo cual se puede entender que los incendios forestales suscitados en la Región Junín se trata de un evento periódico que se registra anualmente, por otro lado se indica que las provincias más vulnerables son las de Satipo y Chanchamayo que pertenecen al ámbito de la Selva Central, también se registran incendios forestales en el ámbito de la Sierra Central ( ocurridos en las provincias Yauli, Concepción, Jauja, Chupaca y Huancayo) que según el registro de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre ATFFS- Sierra Central de los años 2013 al 2015 se observa un incremento anual, registrándose así para el año 2013 una superficie afectada de 84.5ha y para el año 2015 una superficie afectada de 540.89 ha, también en el diagnóstico se muestra un reporte consolidado de quemas e incendios forestales en el ámbito del departamento de Junín reportados durante el año 2016 reportándose un total de10,197.71 ha de superficie afectada que es una cantidad considerable de afectación más aún debido a que fueron 3,562 ha de superficie afectada en la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas del SERNANP. Que, mediante el Informe Técnico Nº 008 -2017-GRJGRRNGMA/SGRNMA/ALL, ratificado y aprobado favorablemente con el REPORTE Nº 2017-GRJ-GNRMASGRNMA, propone declarar de Interés Regional la Gestión de Riesgos de Incendios Forestales en la Región Junín", y con Informe Legal Nº 271-2017-GRJ/ORAJ, la oficina Regional de asesoría Jurídica emite opinión procedente la emisión de la Ordenanza Regional Declarar de Interés Regional la Gestión de Riesgos de Incendios Forestales en la Región Junín. Que, el Dictamen Nº 04-2017-GRJ/CR/ CPRRNNyGMA, favorable de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno de Consejo, aprobado por Ordenanza Regional Nº 179-2014-GRJ/CR, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "APROBAR EL PROYECTO DE ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS REGIONAL LA GESTIÓN DE RIESGOS DE INCENDIOS FORESTALES EN LA REGIÓN JUNÍN" Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Regional la Gestión de Riesgos de Incendios Forestales en la Región Junín. Artículo Segundo.- La Norma Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. POR TANTO: SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada

Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1536148-1

Ordenanza que crea el Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Junín
ORDENANZA REGIONAL Nº 261-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el día dieciséis del mes de mayo de 2017, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 28607 concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de sus competencia; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, el artículo 61º de la Ley General del Ambiente Ley Nº 28611, establece que los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, implementan un sistema regional de gestión Ambiental en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Nacional Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñen funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito del gobierno regional. Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, en su Eje 1 "Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica" establece como uno de sus Lineamientos de Política referido a Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, incentivar la aplicación de medidas para la mitigación y adaptación al cambio climático con un enfoque preventivo, considerando las particularidades de las diversas regiones del país, con énfasis en la situación y accionar espontáneo de adaptación de las comunidades campesinas y pueblos indígenas; Que, el Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAM, que aprueba la versión actualizada de la Estrategia Nacional sobre Cambio Climático, en cumplimiento con los compromisos asumidos ante la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el cambio Climático que se convierte en un instrumento de gestión que orienta y articula la gestión del cambio climático en el

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