Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2017 (23/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 23 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad el artículo 13º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica del Gobiernos Regionales, el consejo Regional es el órgano normativo y fiscalización del Gobierno Regional, de igual forma el artículo 15º literal a) de la forma señalada establece: Es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que se regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del gobierno Regional, asimismo el artículo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; Que, el oficio Nº 026-2017-GRJ/GGR del Gerente General Regional, en la que solicita aprobación mediante Ordenanza Regional del Reglamento para el Registro de Inscripción y Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional ­ CCR del Gobierno Regional de Junín; a la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, para su debido pronunciamiento; Que, con Informe Técnico Nº 016-2016-GRJ-GRPAT/ SGCTP, suscrito por el Econ. Julio Meza Sulluchuco - Sub Gerente de Cooperación Técnica y Planeamiento (e), emite conclusiones: el "Reglamento para Registro, inscripción y Elección de los Representantes de la sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional ­ CCR del Gobierno Regional Junín" elaborada y propuesta por la sub gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento es procedente y esta actualizado con las normas vigentes, cuyo presente proyecto deberá ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, se con Informe Legal Nº 033-2017-GRJ/ORAJ, suscrito por el Abog. Freddy Samuel Fernández Huauya - Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Junín, que emite conclusiones: deber de remitirse el proyecto del Reglamento para el Registro, Inscripción y Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional ­ CCR del Gobierno Regional Junín, para su aprobación conforma establece la norma vigente; Que, el Dictamen Nº 06-2017-GRJ-CR-CPPPATyDY, favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 2786, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno de Consejo, aprobado por Ordenanza Regional Nº 179-2014-GRJ/CR, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín, de fecha 16 de Mayo de 2017, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus Modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; y con el voto UNANIME de sus Miembros; ha dado la Ordenanza siguiente: "ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO, INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL ­ CCR DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN" Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Registro, Inscripción y Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional ­ CCR del Gobierno Regional Junín, el mismo que consta de 05 Títulos, 50 Artículos y 04 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, y forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PRECISAR que corresponde al Gobierno Regional la convocatoria y aprobación del cronograma de las diferentes etapas del proceso de elección de los Representantes de la Sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional ­ CCR del Gobierno Regional de Junín. Artículo Tercero.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 063-2017-GRJ/CR, así como cualquier otra disposición regional que contravenga ala presente Ordenanza Regional.

Artículo Cuarto.- ENCARGUESE, al Ejecutivo Regional, la difusión y comunicación al Consejo de Coordinación Regional Junín y a las oficinas que tenga injerencia en su aplicación de la presente Ordenanza. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. POR TANTO: SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1536146-1

Aprueban el Proyecto de Ordenanza Regional que declara de Interés Regional la Gestión de Riesgos de Incendios Forestales en la Región Junín
ORDENANZA REGIONAL Nº 260-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el día dieciséis del mes de mayo de 2017, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, y su modificatoria, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales tienen entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economía regional, fomentando inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo, esto conforme establece el artículo 192º de la Constitución Política del Estado; Que, la Ley Nº 29664 "Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres SINAGERD, En el artículo 14º en el numeral 14.1 indica que "los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales como integrantes del SINAGERD, formulan normas y aprueban planes". En el numeral 14.2 dice "los presidentes de los Gobiernos Regionales y los Alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la gestión de riesgo de desastre". Que, de acuerdo a la ORDENANZA REGIONAL Nº 194-2014-GRJ/CR, que aprueba los Instrumentos de Gestión Ambiental: Política, Plan de Acción y Agenda Ambiental Regional de la Región Junín, se establecen ejes temáticos esenciales de la gestión de Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Que, en base a la Ordenanza Regional Nº190-2014GRJ/CR, Estrategia Regional de la Diversidad Biológica

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