Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2017 (30/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano / Viernes 30 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

123

Artículo Cuarto.- PRECISAR, que los gastos de pasajes nacionales e internacionales, alimentación, transporte, estadía y Seguro Integral de viaje internacional del señor regidor Víctor Uriel Acurio Tito, serán cubiertos por la Municipalidad Provincial del Cusco, según el siguiente detalle: REGIDOR, VÍCTOR URIEL ACURIO TITO Pasajes aéreos económicos Cusco ­ Lima ­ Madrid ­ Santander ­ Bilbao ­ Santander ­ Madrid ­ Lima ­ Cusco. Viáticos Nacionales (tránsito) dos (2) días. Viáticos Internacionales (tránsito) dos (2) días. Viáticos Internacionales en el evento tres (3) días. Seguro Integral de Viaje Internacional. Artículo Quinto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Sexto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058­04­MC, que los señores regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, regidores Víctor Uriel Acurio Tito y Carlos Aguilar Ortiz, deberán emitir un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje y, en cumplimiento de la Directiva Nº 006 ­ GM / MPC ­ 2016, aprobada por Resolución de Gerencia Municipal Nº 735 ­ GM / MPC ­ 2016, la rendición de los gastos irrogados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1536517-1

Modifican el Acuerdo N° 34-2017-MPC mediante la cual se aprobó la participación de regidores en el Segundo Foro Iberoamericano de Alcaldes, a realizarse en España
ACUERDO MUNICIPAL Nº 47-2017-MPC Cusco, 5 de mayo de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 5 de mayo de 2017, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Acuerdo Municipal Nº 34-2017-MPC, de fecha 12 de abril de 2017, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, acordó: Artículo PRIMERO.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el Segundo Foro Iberoamericano de Alcaldes, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, a desarrollarse en la ciudad de Santander, España, entre el 12 al 14 de

junio de 2017, que incluirá la visita a la ciudad de Bilbao. Artículo SEGUNDO.- AUTORIZAR, la participación de los señores regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, regidores Víctor Uriel Acurio Tito y Carlos Aguilar Ortiz, éste último en calidad de Representante del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, en el evento antes mencionado, otorgándoles además, licencia del 10 al 16 de junio de 2017. Artículo TERCERO.- PRECISAR, que los gastos de pasajes nacionales e internacionales, alimentación, transporte y estadía del señor regidor Carlos Aguilar Ortiz, en su calidad de Representante del señor Alcalde la Municipalidad Provincial del Cusco, serán cubiertos en su totalidad, por el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, salvo los gastos, que serán cubiertos por la Municipalidad Provincial del Cusco, con el siguiente detalle: REGIDOR, CARLOS AGUILAR ORTIZ.Viáticos Nacionales (tránsito) dos (2) días, Viáticos Internacionales (tránsito) dos (2) días, Seguro Integral de Viaje Internacional. Artículo CUARTO.- PRECISAR, que los gastos de pasajes nacionales e internacionales, alimentación, transporte, estadía y Seguro Integral de viaje internacional del señor regidor Víctor Uriel Acurio Tito, serán cubiertos por la Municipalidad Provincial del Cusco, según el siguiente detalle: REGIDOR, VÍCTOR URIEL ACURIO TITO.- Pasajes aéreos económicos Cusco ­ Lima ­ Madrid ­ Santander ­ Bilbao ­ Santander ­ Madrid ­ Lima ­ Cusco, Viáticos Nacionales (tránsito) dos (2) días, Viáticos Internacionales (tránsito) dos (2) días, Viáticos Internacionales en el evento tres (3) días, Seguro Integral de Viaje Internacional. (...); Que, posteriormente la Coordinadora del evento, Camila Ariza, del Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, señaló que la fecha para confirmar la asistencia de los representantes de la Municipalidad Provincial del Cusco y gozar del beneficio del pago de los pasajes aéreos y estadía había vencido el 17 de marzo de 2017; Que, mediante Informe Nº 021­2017­OGCT­GM/ MPC, la Directora de la Oficina General de Cooperación Técnica, señala que mediante comunicación de correo electrónico de fecha 3 de mayo de 2017, se ha reconfirmado la participación de los regidores Víctor Uriel Acurio Tito y Carlos Aguilar Ortiz, éste último en calidad de Representante del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco; precisando además, que corresponde al Concejo Municipal, otorgar al regidor Carlos Aguilar Ortiz los viáticos y pasajes respectivos para su participación en el Segundo Foro Iberoamericano de Alcaldes, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, (...); Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 5 de mayo de 2017, el regidor Carlos Aguilar Ortiz, solicitó en la Estación de Pedidos que se considere como punto de agenda en la Estación de Orden del Día, la modificación del Acuerdo Municipal Nº 034­2017­MPC, de fecha 12 de abril de 2017, pedido que fue aprobado, (...); Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, en la sesión de la fecha, por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- MODIFICAR, el Artículo Tercero del Acuerdo Municipal Nº 34-2017-MPC, de fecha 12 de abril de 2017; debiendo además, quedar inalterable los demás extremos de dicho Acuerdo Municipal, ello conforme se detalla a continuación: "Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos de pasajes nacionales e internacionales, alimentación,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.