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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (30/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 118

118 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2017 / El Peruano todo lo actuado a fi n de emitir el acto administrativo correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20 y artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y con la visación de gerencia municipal, gerencia de desarrollo urbano y gerencia de asesoría jurídica; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2017 la vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MLV que establece bene fi cios y regula el procedimiento de regularización de edi fi caciones sin licencia en el Distrito de La Victoria. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano y demás áreas pertinentes en observancia de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- Disponera Secretaría General la publicación del presente dispositivo en el Diario O fi cial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página web institucional. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1538530-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 267- 2017/MLV, que aprueba beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2017-A/MLV La Victoria, 27 de junio de 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: El Informe Nº 051-2017-GSAT/MLV de 23 de junio de 2017 de la Gerente de Servicios de Administración Tributaria (e), solicitando prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 267-2017/MLV que aprueba bene fi cios para el pago de deudas tributarias y no tributarias, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que,el segundo párrafo del artículo 39 de la misma Ley, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decreto de alcaldía; Que, el artículo 42 del mismo cuerpo legal, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 267-2017/MLV de 09 de junio de 2017, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de junio de 2017, se estableció el régimen de bene fi cios con la fi nalidad de incentivar el pago de las deudas tributarias y/o administrativas para los contribuyentes en general (personas naturales y/o jurídicas) del distrito de La Victoria, que mantengan deudas por concepto de impuesto predial, arbitrios municipales, multas tributarias, costas y gasto y/o multas administrativas correspondientes al ejercicio 2017 y/o años anteriores que cumplan con el requisito previo de cancelar el impuesto predial del ejercicio 2017; Que, conforme se aprecia de la Ordenanza Nº 267- 2017/MLV, en su artículo 10 se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga la prórroga de la vigencia de la presente Ordenanza y dictaminar las disposiciones necesaria para su correcta aplicación; Que, mediante Informe Nº 051-2017-GSAT/MLV de 23 de junio de 2017 la Gerente de Servicios de Administración Tributaria (e),solicita la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 267-2017/MLV hasta el 15 de julio de 2017, sustentando que a la fecha existe un número considerable de contribuyentes y/o administrados interesados en acogerse a los bene fi cios contenidos en la norma citada; Que, mediante Informe Nº 497-2017-GAJ/MDLV de 26 de junio de 2017 la Gerente de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 267-2017/MLV que aprueba bene fi cios para el pago de deudas tributarias y no tributarias, hasta el 15 de julio del 2017; Que, el Gerente Municipal mediante Proveído Nº 1013-17-GM de 27 de junio de 2017 remite a Secretaría General todo lo actuado a fi n de emitir el acto administrativo correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20 y artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y con la visación de gerencia municipal, gerencia de servicio de administracion tributaria y gerencia de asesoría jurídica; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 15 de julio de 2017 la vigencia de la Ordenanza Nº 267-2017/MLV que aprueba bene fi cios para el pago de deudas tributarias y no tributarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia. Artículo Tercero.- Disponer a Secretaría General la publicación del presente dispositivo en el Diario O fi cial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página web institucional. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1538375-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan vigencia del Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el Distrito de Los Olivos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2017-MDLO Los Olivos, 23 de junio de 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS: