Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2017 (30/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Viernes 30 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, con Ordenanza Nº 411-2015 CDLO, se aprueba el Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el Distrito de Los Olivos con el fin de alentar el desarrollo económico y social del vecindario reconociendo el importante esfuerzo económico que supone la construcción de sus viviendas o edificaciones unifamiliares y multifamiliares y/o comercios, las mismas que en gran número han sido ejecutadas sin contar con las autorizaciones correspondientes; Que, mediante Decretos de Alcaldía Nº 013-2015MDLO, Nº 018-2015-MDLO y Nº 017-2016-MDLO, se realizó la prórroga de vigencia de la acotada Ordenanza, hasta el 31 de diciembre de 2015, 31 de diciembre de 2016 y 30 de junio de 2017, respectivamente, del Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación; Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 411CDLO faculta al Señor Alcalde, para que de considerarlo necesario, amplíe los plazos establecidos en la misma, mediante Decreto de Alcaldía; Que, con Informe Nº 087-201/MDLO/GGU de fecha 23 de junio de 2017 la Gerencia de Gestión Urbana, remite el Informe Nº 057-2017/MDLO/GGU/SGOPCPU de fecha 21 de junio de 2017 de la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento Urbano, la cual opina técnicamente viable la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 4112015-CDLO hasta el 30 de junio de 2018; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 411-CDLO y Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2018, la vigencia del Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el Distrito de Los Olivos, aprobado mediante Ordenanza Nº 411-CDLO de fecha 09 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Urbana, a la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento Urbano, el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia a la SECRETARÍA GENERAL, a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1538378-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO ­ CHOSICA Visto el Informe Nº 135-2017/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, por el cual el Gerente de Rentas solicita se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 246-MDL, sobre beneficios tributarios y no tributarios, hasta el 26 de julio de 2017, a efectos de continuar dando oportunidades a los contribuyentes de acogerse a la mencionada norma. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 246-MDL, publicado en el diario oficial El Peruano el 01 de junio de 2017, se concede beneficios de regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas y formalización del servicio de agua potable, con vigencia hasta el 30 de junio de 2017, facultándose en su Tercera Disposición Final al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias así como para establecer la prórroga de su vigencia. Con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- PRORROGAR hasta el 26 de julio de 2017, la vigencia establecida en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 246-MDL. Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas para sus fines. Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1538581-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 350, que otorgó Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2017-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de junio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 034-2017-GAT/MDSJL y el Memorándum Nº 289-2017-GAT/MDSJL de fechas 20 y 23 de junio de 2017, respectivamente, de la Gerencia de Administración Tributaria, y el Informe Nº 372-2017-SGPPGP/MDSJL de fecha 27 de junio de 2017, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre prórroga de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 246-MDL, sobre beneficios tributarios y no tributarios
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2017/MDLCH Chosica, 21 de junio de 2017

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