Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2017 (30/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de junio de 2017 /

El Peruano

CULTURA
Autorizan viaje de servidor a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2017-MC Lima, 27 de junio de 2017 VISTOS, el OF. RE (DGM-DAS) N° 2-22-I/273 de la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Memorando N° 000117-2017/ VMI/MC del Viceministro de Interculturalidad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, mediante el OF. RE (DGM-DAS) N° 2-22I/273, recibido el 30 de mayo de 2017, la Directora para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores remite al Ministerio de Cultura la invitación formulada por el Presidente del Consejo Directivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe ­ FILAC para que el Perú, como país miembro, participe en la XIV Asamblea General de dicho Fondo, que tendrá lugar del 3 al 6 de julio de 2017, en la ciudad de Madrid, Reino de España, con el auspicio del Gobierno del Reino de España; precisando además, que con el propósito de consensuar posiciones de los delegados indígenas y gubernamentales respecto a los puntos de agenda de la citada Asamblea, el día 3 de julio se llevará a cabo la XIV Reunión de la Instancia Consultiva Indígena y la XIV Reunión Intergubernamental que se realizarán el del mismo año; Que, el FILAC es el único organismo multilateral de cooperación internacional especializado en la promoción del autodesarrollo y el reconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas, creado en 1992 durante la celebración de la II Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno; cuya misión es promover el buen vivir como una alternativa de vida digna para los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas de América Latina y El Caribe, a través del ejercicio pleno de los derechos humanos y colectivos, y la interculturalidad como forma de convivencia, que genere la igualdad de oportunidades y la superación de todas las formas de exclusión y dominación, desarrollando capacidades para facilitar, asesorar técnica y políticamente los procesos de diálogo entre los Estados y los gobiernos de los pueblos indígenas; Que, a través del Memorando N° 000117-2017/VMI/ MC de fecha 23 de junio de 2017, el Viceministro de Interculturalidad autoriza la participación en el mencionado evento, del señor Juan Reátegui Silva, especialista de la Dirección de Pueblos Indígenas; para lo cual, adjunta la Hoja de Elevación N° 000077-2017/DGCI/VMI/MC, con el que la Directora General de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural remite el Informe N° 0000382017DIN/DGCI/VMI/MC, de la Dirección de Políticas Indígenas, en el que manifiesta que como Estado miembro, el Perú participará en la precitada XIV Asamblea General mediante sus delegados Gubernamental e Indígena; y que además, el Consejo Directivo del FILAC presentará el documento: "Cambiar con Sabiduría: Definiciones y lineamientos Estratégicos 2017-2027", que contiene las directrices de acción del FILAC por los próximos 10 años; Que, asimismo, señala que la participación en la mencionada Asamblea General permitirá informar a los representantes internacionales y los Estados Miembros del FILAC sobre los avances y logros institucionales en la protección de los derechos de los pueblos indígenas, de la

protección y promoción de los conocimientos tradicionales y la construcción de las políticas públicas orientadas a los pueblos indígenas del Perú; precisando además, que la asistencia de nuestros representantes permitirá fortalecer las relaciones con los representantes de los Estados, pueblos indígenas, órganos y organismos especializados del FILAC, entre otros; Que, adicionalmente, sostiene que el proceso del FILAC al 2027 contempla entre sus ámbitos de actuación: i) Diálogo y concertación, tendiente al desarrollo de políticas públicas asociadas a derechos y deberes en los Estados y pueblos indígenas integrantes; ii) Desarrollo económico con identidad, tendiente a reconocer y activar en el sistema económico el valor del patrimonio cultural de los pueblos indígenas; y, iii) Educación para la equidad, tendiente a fortalecer las capacidades de los actores involucrados para operar y prosperar en un sistema intercultural; precisando que dichos ámbitos de actuación guardan relación con las acciones que viene desarrollando el Ministerio de Cultura en el marco del Grupo de Trabajo de naturaleza permanente, encargado de coordinar, proponer y dar seguimiento a las políticas públicas que involucran a los pueblos indígenas y/o requieren un enfoque de interculturalidad de manera participativa, creado mediante Resolución Ministerial N° 403-2014-MC; por lo que, la participación del sector resulta de gran importancia a fin de concretar acuerdos de cooperación y asistencia técnica que brindarán beneficios a los Pueblos Indígenas del Perú; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Juan Reátegui Silva, especialista de la Dirección de Pueblos Indígenas de la Dirección General de la Ciudadanía Intercultural, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 1 al 8 de julio de 2017, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Juan Reátegui Silva, especialista de la Dirección de Pueblos Indígenas de la Dirección General de la Ciudadanía Intercultural, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 1 al 8 de julio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle:
Pasajes aéreos (incluido TUUA): Viáticos (x 4 días de comisión + 2 de instalación): US$ 1 566.46 US$ 3 240,00 ------------------TOTAL US$ 4 806,46

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