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5 NORMAS LEGALES Lunes 20 de marzo de 2017 El Peruano / y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, hasta por la suma de DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 2 000 000 000,00), que se aprueba mediante Resolución del Titular, en un plazo de treinta (30) días calendario contados desde la entrada en vigencia de la Ley Nº 30518, debiendo ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, con la Resolución Ministerial N° 016-2017- VIVIENDA se autorizó la Transferencia Financiera del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 2 000 000 000,00) en la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”, destinada al fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud; Que, el artículo 7 del Reglamento del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2017-VIVIENDA, establece que los criterios de selección de los proyectos, en cuanto a su admisibilidad, elegibilidad y priorización, se rigen en el marco de la Resolución Ministerial N° 270-2014-VIVIENDA y sus modi fi carías, y en su defecto, la normatividad que la reemplace, de acuerdo a la fecha de inicio de trámite; Que, el artículo 11 del aludido Reglamento señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otros, evalúa y, de ser el caso, aprueba las solicitudes de fi nanciamiento tomando en cuenta, los criterios establecidos en el artículo 7 del citado Reglamento; asimismo, elabora una lista priorizada de aquellos proyectos de inversión cuyas solicitudes fueron aprobadas, debiendo dicha lista ser remitida a las O fi cinas de Inversiones del citado Ministerio, a fi n de obtener la opinión favorable sobre la viabilidad de cada proyecto y, de obtener dicha opinión, deberán coordinar con los representantes del Gobierno Regional y Gobierno Local para la suscripción del respectivo convenio o adenda; Que, por su parte, el artículo 12 del mismo Reglamento indica que una vez determinados los proyectos de inversión pública y de fi nidos los montos a transferir por cada Ministerio, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento consolidará los requerimientos de recursos y gestionará ante el Ministerio de Economía y Finanzas, la emisión del decreto supremo que autoriza la incorporación de los recursos del Fondo a las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, según corresponda, en el marco de los establecido en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; Que, los recursos que fi nancian el Crédito Suplementario y que serán incorporados a los presupuestos de los pliegos habilitados, provienen de la emisión interna de bonos que autoriza la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30520, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 8 537 800 000,00); Que, con Memorando N° 275-2017/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, solicita se gestione el dispositivo legal que autorice la incorporación de recursos a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, para fi nanciar la continuidad de la ejecución y/o supervisión de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano; los cuales se encuentran viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y han sido seleccionados en el marco de los criterios de admisibilidad, elegibilidad y priorización, establecidos en la Resolución Ministerial N° 270-2014-VIVIENDA y sus modi fi catorias; además, informa que se cuenta con las adendas a los correspondientes convenios suscritos, y cuentan con el informe favorable de la O fi cina de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; precisando que el fi nanciamiento será atendido con cargo a los recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Créditos, provenientes del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”; Que, con los Memorandos N°s. 214 y 224-2017/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, solicita se gestione la incorporación de recursos a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, para fi nanciar la continuidad de la ejecución y/o supervisión de proyectos de inversión pública de saneamiento rural; los cuales se encuentran viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y han sido seleccionados en el marco de los criterios de admisibilidad, elegibilidad y priorización, establecidos en la Resolución Ministerial N° 270-2014-VIVIENDA y sus modi fi catorias; además, informa que se cuenta con las adendas a los correspondientes convenios suscritos, y cuentan con el informe favorable de la O fi cina de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; precisando que el fi nanciamiento será atendido con cargo a los recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Créditos, provenientes del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”; Que, con Memorando Nº 314-2017/VIVIENDA-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 066-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestaria sobre la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2017, a favor de diversos pliegos de los Gobiernos Locales, con cargo a los recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Créditos, provenientes del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”, destinados al fi nanciamiento de la continuidad de ejecución y/o supervisión de proyectos de inversión pública en materia de saneamiento, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518; en mérito de lo cual, a través del O fi cio N° 058-2017/VIVIENDA-DM, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a la referida incorporación de recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una incorporación de recursos del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, hasta por la suma de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA MIL VEINTISEIS Y 00/100 SOLES (S/ 194 180 026,00), para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución y/o supervisión de seis (06) proyectos de inversión pública en materia de saneamiento urbano y sesenta (60) proyectos de inversión pública en materia de saneamiento rural; en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido por la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, el Decreto Supremo N° 005-2017-VIVIENDA, Reglamento del “Fondo para el fi nanciamiento del proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1. Autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor de diversos pliegos Gobiernos