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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2017 (30/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

13 NORMAS LEGALES Jueves 30 de marzo de 2017 El Peruano / SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social adjunta los informes antes citados y solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 30 000 000,00) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del pliego INEI y RENIEC, para fi nanciar las actividades indicadas y en el marco de lo establecido en las normas citadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Sétima y Vigésima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, los Decretos Supremos N°s. 004 y 005-2017-MIDIS y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 30 000 000,00) a favor de los pliegos Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), para fi nanciar la generación de datos y cartografía orientados a mejorar los procedimientos del sistema de focalización y el seguimiento de la política social; y actividades en el marco del Programa Presupuestal 0079: Acceso de la Población a la Identidad, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia : 28 000 000,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia : 2 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 30 000 000,00 ============A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e InformáticaUNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001960 : Elaboración de Marcos Muéstrales y Cartografía FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 7 000 000,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos : 1 000 000,00 No Financieros ------------------- TOTAL PLIEGO 002 8 000 000,00 =========== PLIEGO 33 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0079 : Acceso de la Población a la Identidad PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 3 000 000,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos : 1 000 000,00 No Financieros REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN