Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2017 (31/03/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 22
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NORMAS LEGALES
Viernes 31 de marzo de 2017 /
El Peruano
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1503880-3
Designan miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2017-EF Lima, 30 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 54 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, el cual se encuentra integrado por tres (3) miembros designados por un periodo de tres (3) años renovables por un periodo adicional, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, resulta pertinente designar a un miembro del citado Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Pedro Valentín Cobeñas Aquino como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE. Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1503873-3
en sus Anexos N° 02 y N° 03 se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y al 31 de diciembre del año 2017, respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral N° 0022017-EF/50.01, se aprobaron los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2017, correspondientes a las metas 01 al 15, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio del año 2017, y metas 16 al 46 cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2017; Que, las metas 01, 05 y 09 que deben ser cumplidas al 31 de julio de 2017, fueron propuestas por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, la misma que ha solicitado mediante Oficio N° 000101-2017/IN/VSP/DGSC y Oficio N° 000225-2017/ IN/VSP/DGSC modificar el medio de verificación de la actividad 1.b del instructivo de las metas 01, 05, y 09, modificar el anexo 1 señalado en las especificaciones de la actividad 7 de los instructivos de las metas 01 y 05; así como, el anexo 1 señalado en las especificaciones de la actividad 4 del instructivo de la meta 09, en concordancia con la Estructura Funcional Programática 2018 del Programa Presupuestal 0030 "Reducción de delitos y faltas que afecta la seguridad ciudadana"; Que, las metas 20 y 29 que deben ser cumplidas al 31 de diciembre de 2017, fueron propuestas por la Dirección Nacional de Recreación y Promoción del Deporte del Instituto Peruano del Deporte, la misma que ha solicitado mediante Oficio N° 040-2017/IPD/DNRPD modificar las especificaciones de la actividad 5 de los instructivos de dichas metas, en concordancia con la Estructura Funcional Programática 2017 y 2018 del Programa Presupuestal 0101 "Incremento de la práctica de actividades físicas, deportivas y recreativas en la población peruana"; Que, la meta 38 que debe ser cumplida al 31 de diciembre de 2017, fue propuesta por la Dirección General de Estrategia Turística del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la misma que ha solicitado mediante Oficio N° 015-2017-MINCETUR/VMT/DGET modificar el medio de verificación de la actividad 1 del instructivo de la meta, en concordancia con la especificación de dicha actividad; Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar el numeral 5.1 del artículo 5 de los instructivos de las Metas 01, 05, 09, 20, 29 y 38 aprobados por la Resolución Directoral N° 002-2017-EF/50.01, que corresponde a las actividades que se deberán realizar para el cumplimiento de las metas en mención, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de los instructivos de las Metas 01, 05, 09, 20, 29 y 38 aprobados por la Resolución Directoral N° 002-2017-EF/50.01. Modifíquese los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, correspondientes a las Metas 01, 05, 09, cuya fecha de vencimiento es el 31 de julio de 2017, y las Metas 20, 29 y 38, cuya fecha de vencimiento es el 31 de diciembre de 2017, conforme al Anexo Nº 01 "Instructivos modificados", los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Resolución y los Instructivos aprobados por el artículo 1 precedente, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.mef. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1503541-1
Modifican los instructivos de las Metas 01, 05, 09, 20, 29 y 38, aprobados por R.D. N° 002-2017-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2017-EF/50.01 Lima, 29 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 394-2016-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, el cual dispone en su artículo 6 que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Asimismo,