Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2017 (31/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de marzo de 2017 /

El Peruano

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1503880-3

Designan miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2017-EF Lima, 30 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 54 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, el cual se encuentra integrado por tres (3) miembros designados por un periodo de tres (3) años renovables por un periodo adicional, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, resulta pertinente designar a un miembro del citado Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Pedro Valentín Cobeñas Aquino como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1503873-3

en sus Anexos N° 02 y N° 03 se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y al 31 de diciembre del año 2017, respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral N° 0022017-EF/50.01, se aprobaron los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2017, correspondientes a las metas 01 al 15, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio del año 2017, y metas 16 al 46 cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2017; Que, las metas 01, 05 y 09 que deben ser cumplidas al 31 de julio de 2017, fueron propuestas por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, la misma que ha solicitado mediante Oficio N° 000101-2017/IN/VSP/DGSC y Oficio N° 000225-2017/ IN/VSP/DGSC modificar el medio de verificación de la actividad 1.b del instructivo de las metas 01, 05, y 09, modificar el anexo 1 señalado en las especificaciones de la actividad 7 de los instructivos de las metas 01 y 05; así como, el anexo 1 señalado en las especificaciones de la actividad 4 del instructivo de la meta 09, en concordancia con la Estructura Funcional Programática 2018 del Programa Presupuestal 0030 "Reducción de delitos y faltas que afecta la seguridad ciudadana"; Que, las metas 20 y 29 que deben ser cumplidas al 31 de diciembre de 2017, fueron propuestas por la Dirección Nacional de Recreación y Promoción del Deporte del Instituto Peruano del Deporte, la misma que ha solicitado mediante Oficio N° 040-2017/IPD/DNRPD modificar las especificaciones de la actividad 5 de los instructivos de dichas metas, en concordancia con la Estructura Funcional Programática 2017 y 2018 del Programa Presupuestal 0101 "Incremento de la práctica de actividades físicas, deportivas y recreativas en la población peruana"; Que, la meta 38 que debe ser cumplida al 31 de diciembre de 2017, fue propuesta por la Dirección General de Estrategia Turística del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la misma que ha solicitado mediante Oficio N° 015-2017-MINCETUR/VMT/DGET modificar el medio de verificación de la actividad 1 del instructivo de la meta, en concordancia con la especificación de dicha actividad; Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar el numeral 5.1 del artículo 5 de los instructivos de las Metas 01, 05, 09, 20, 29 y 38 aprobados por la Resolución Directoral N° 002-2017-EF/50.01, que corresponde a las actividades que se deberán realizar para el cumplimiento de las metas en mención, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de los instructivos de las Metas 01, 05, 09, 20, 29 y 38 aprobados por la Resolución Directoral N° 002-2017-EF/50.01. Modifíquese los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, correspondientes a las Metas 01, 05, 09, cuya fecha de vencimiento es el 31 de julio de 2017, y las Metas 20, 29 y 38, cuya fecha de vencimiento es el 31 de diciembre de 2017, conforme al Anexo Nº 01 "Instructivos modificados", los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Resolución y los Instructivos aprobados por el artículo 1 precedente, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.mef. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1503541-1

Modifican los instructivos de las Metas 01, 05, 09, 20, 29 y 38, aprobados por R.D. N° 002-2017-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2017-EF/50.01 Lima, 29 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 394-2016-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, el cual dispone en su artículo 6 que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Asimismo,

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