Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2017 (31/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 31 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, en la Centésima Trigésima Primera Sesión Ordinaria de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), realizada el 2 de febrero de 2017, el pleno acordó elaborar y presentar una propuesta para eliminar los plazos de la transferencia del derecho en educación señalados en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 001-2016-JUS, atendiendo que la imposición de los plazos desnaturaliza la transferencia del derecho y genera dificultades para el acceso al mismo, dado el carácter permanente del RUV y que algunas personas beneficiarias no podrán hacer uso de su derecho en el plazo indicado, con lo cual no se cumple el objetivo de hacer más inclusivo al Programa de Reparaciones en Educación; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 y el numeral 2) del artículo 125 de la Constitución Política del Perú; el artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el artículo 10 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE DECRETA: Artículo 1.- Modificación del artículo 2 del Decreto Supremo N° 001-2016-JUS Modifícase el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0012016-JUS, en los siguientes términos: «Artículo 2.- De la transferencia y uso del derecho La persona beneficiaria del Programa de Reparaciones en Educación puede solicitar la inscripción de la transferencia del derecho regulado en el artículo 18 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0152006-JUS mientras se encuentre vigente su inscripción en el Registro Único de Víctimas. La persona beneficiaria de la transferencia puede postular a las modalidades a), b) y c) del artículo 19 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006JUS, siempre que se encuentre inscrita en el Registro Especial de Beneficiarios de Reparaciones en Educación.» Artículo 2.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1503873-2

Que, mediante el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 131-2017-PRODUCE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de marzo de 2017, se designa a la señora Hilda Hortensia Tarazona Triveño, en el cargo de Directora de la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; Que, por comunicación electrónica de fecha 29 de marzo de 2017, el Viceministro de MYPE e Industria solicita que la citada designación tenga eficacia a partir del 03 de abril de 2017; por lo que, es necesario modificar el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 131-2017-PRODUCE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, sus modificatorias y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 131-2017-PRODUCE, el cual queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 4.- Designar, con efectividad al 03 de abril de 2017, a la señora Hilda Hortensia Tarazona Triveño, en el cargo de Directora de la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción". Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1503674-1

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Cónsul Honoraria del Perú en la ciudad de Melbourne, Australia, con jurisdicción en los Estados de Victoria y Tasmania
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 095-2017-RE Lima, 30 de marzo de 2017 VISTA: La propuesta de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares para formalizar el nombramiento de un Cónsul Honorario del Perú en Melbourne, Australia, con jurisdicción en los Estados de Victoria y Tasmania; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 083-2017RE, de 28 de marzo de 2017, se dieron por terminadas las funciones del señor Grahan Strachan como Cónsul Ad Honorem del Perú en Melbourne, Australia, con circunscripción en los Estados de Victoria y Tasmania; Que, a través de la Nota PRB N° 503/2016, el Departamento de Asuntos Exteriores de Australia (DFA) manifestó la conformidad del Gobierno australiano al nombramiento de la señora Gay Woods como Cónsul Honoraria del Perú en Melbourne

PRODUCE
Modifican R.M. N° 131-2017-PRODUCE en lo referente a la designación de Directora de la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2017-PRODUCE Lima, 30 de marzo de 2017

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