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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2017 (31/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2017 El Peruano / Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valor total de la Tasación correspondiente al inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao. Nº CÓDIGOVALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) S/ INCENTIVO DEL 20% DEL VCI S/ VALOR DEL PERJUICIO ECONOMICO S/ VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN S/ 1 TE-017 1’274,768.37 254,953.67 7,700.00 1’537,422.04 1503877-2 Designan representantes de ENAPU PERU S.A. ante la Comisión Especial para el desarrollo e implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2017 MTC/01.02 Lima, 30 de marzo de 2017 VISTOS: El O fi cio Múltiple Nº 001-2017-MINCETUR/SG de la Secretaria General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y el O fi cio Nº 032-2017 ENAPU SA/ GG, de la Gerencia General de la Empresa Nacional de Puertos S.A.; CONSIDERANDO:Que, mediante numeral 9.2 del artículo 9 de la Ley Nº 28977, se crea la Comisión Especial para el Desarrollo e Implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, a través de la uniformización y simpli fi cación de trámites; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 9.5 del Decreto Supremo Nº 010-2007-MINCETUR, Reglamento que establece disposiciones reglamentarias referidas a la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, las entidades del Sector Público que integran la Comisión Especial designarán o removerán a sus representantes titulares o alternos, mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 074-2009 MINCETUR/DM se incorporó a ENAPU PERU S.A. como miembro de la Comisión Especial, la cual dentro de su componente portuario contiene a la denominada Ventanilla Única Portuaria;Que, siendo así, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 98, Ley de la Empresa Nacional de Puertos-ENAPU PERU S.A., señala que ésta entidad actúa con autonomía económica, fi nanciera, técnica y administrativa y con arreglo a la política, objetivos y metas que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, es preciso señalar que mediante el O fi cio del visto, el Gerente General de ENAPU PERU S.A., solicita la designación de los representantes de dicha empresa ante la Comisión Especial para el Desarrollo e Implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE; Que, en base a las consideraciones expuestas, es que corresponde designar a doña Ana Gloria Morales Torres, Especialista en Desarrollo de Sistema y a doña Rocío Aspajo de Sotelo, servidora de la Secretaria General, como miembros Titular y Alterno de ENAPU PERU S.A. respectivamente, ante la Comisión Especial citada en el párrafo precedente; y, De conformidad con la Ley Nº 29370, la Ley Nº 28977, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el numeral 8 del artículo 25 de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR a los representantes de la Empresa Nacional de Puertos - ENAPU PERU S.A ante la Comisión Especial para el desarrollo e implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, creada por Ley Nº 28977, conforme el siguiente detalle: Ana Gloria Morales Torres Representante Titular Especialista en Desarrollo de Sistema Rocío Aspajo de Sotelo Representante Alterno Servidora de la Secretaria General Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaria General del MINCETUR, a la Gerencia General de ENAPU PERU S.A. y a las servidoras designadas, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1503878-3 Aprueban texto de la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial Nº 4 (Pativilca - Santa - Trujillo y Salaverry - Empalme R01N) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2017 MTC/01.02 Lima, 30 de marzo de 2017VISTOS:El Acuerdo Nº 2003-605-17-CD-OSITRAN, y el Informe Nº 053-16-GRE-GSF-GAJ-OSITRAN del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN, el Informe Nº 015-2017-EF/68.01 del Ministerio de Economía y Finanzas, e Informes Nº 1290-2016-MTC/25, Nº 0023-2017-MTC/25 y Nº 0087-2017-MTC/25 de la Dirección General de Concesiones en Transportes, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de febrero de 2009, el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, Concedente) y la empresa Autopista del Norte S.A.C. (en adelante, Concesionario), suscribieron el Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial Nº 4 (Pativilca - Santa - Trujillo y Salaverry - Empalme R01N) (en adelante, Contrato de Concesión);