Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2017 (10/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 30560
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de mayo de 2017 /

El Peruano

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS SOBRE PRIVILEGIOS, INMUNIDADES Y FACILIDADES OTORGADAS A LA ORGANIZACIÓN
Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa Apruébase el Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos sobre Privilegios, Inmunidades y Facilidades Otorgadas a la Organización, suscrito el 14 de octubre de 2016 en la ciudad de Lima, Perú. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecinueve días del mes de abril de dos mil diecisiete. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Lima, 9 de mayo de 2017 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1518672-2

Administración Pública, de manera gratuita y permanente, de acuerdo a lo establecido en los artículos 2 y 3 de la referida norma; Que el numeral 3.5 del artículo 3 del referido Decreto Legislativo dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el sector competente se puede ampliar la información o documentación indicada en el numeral 3.2 del citado artículo; Que, asimismo, el numeral 3.6 del referido artículo 3, dispone que las entidades de la Administración Pública deben utilizar la Plataforma de Interoperabilidad del Estado administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática ­ ONGEI, actualmente Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI); Que, la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI), de acuerdo a lo establecido en el Artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, es el órgano de línea, con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de formular y promover políticas nacionales y sectoriales, planes nacionales, normas, lineamientos y estrategias en materia de Informática y Gobierno Electrónico; asimismo, es el órgano rector del Sistema Nacional de Informática y brinda asistencia técnica en la implementación de los procesos de innovación tecnológica para la modernización del Estado, en coordinación con la Secretaría de Gestión Pública (SGP); Que, de acuerdo a lo establecido en los incisos c) y e) del artículo 48 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017PCM, la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, tiene entre sus funciones la de aprobar normas, directivas, lineamientos y demás disposiciones, en materias de competencia; así como supervisar su cumplimiento; y coordinar y supervisar la interoperabilidad de los sistemas informáticos del Estado, promoviendo el desarrollo de sistemas y aplicaciones de uso común en las entidades de la Administración Pública; Que, es necesario ampliar la información o documentación que permita que las entidades de la Administración Pública de manera gratuita, a través de la interoperabilidad, interconecten, pongan a disposición, permitan el acceso o suministren la información o bases de datos actualizadas que administren, recaben, sistematicen, creen o posean respecto de los usuarios o administrados, que las entidades del Poder Ejecutivo requieran necesariamente y de acuerdo a ley, para la tramitación de sus procedimientos administrativos y para sus actos de administración interna; De conformidad con lo establecido en el numeral 3.5 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa; DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene como objeto ampliar la información indicada en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa. Artículo 2.- Ampliación de la información para la implementación progresiva de la interoperabilidad en beneficio del ciudadano 2.1 La información de los usuarios y administrados que las entidades enumeradas en el presente artículo deben proporcionar a las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la interoperabilidad; y, de manera gratuita y permanente es: 2.1.1 Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC a) Información de récord de conductor por DNI. b) Información de licencia de conducir por DNI. 2.1.2 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MIDIS a) Consulta de colegios beneficiados (QALIWARMA) b) Consulta de proveedores (QALIWARMA)

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que amplía la información para la implementación progresiva de la interoperabilidad en beneficio del ciudadano, en el marco del Decreto Legislativo N° 1246
DECRETO SUPREMO Nº 051-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1246, se aprueban diversas medidas de simplificación administrativa, las cuales se vienen implementando progresivamente facilitando la interoperabilidad entre diversos procesos y servicios que brindan entidades de la

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