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19 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de mayo de 2017 El Peruano / o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1518075-1 Designan Fedatarios del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 569-2017-DE/SG Lima, 9 de mayo de 2017CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 136 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, en el numeral 2 del citado artículo, dispone que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba. Asimismo, establece que el fedatario puede certi fi car fi rmas previa veri fi cación de la entidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, con la fi nalidad de garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones del Ministerio de Defensa, se ha estimado conveniente designar a los servidores que ejercerán las funciones de Fedatarios; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo N° 006-2016-DE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como Fedatarios del Ministerio de Defensa, en adición a sus funciones, a las siguientes personas: - Capitán de Corbeta CJ. Enrique Manuel VÉRTIZ ALOCEN, servidor de la Secretaría General. - Ruben Eber DE LA CRUZ CARRERA, Director de Sistema Administrativo II de la O fi cina General de Gestión Documentaria. Artículo 2.- Los Fedatarios designados quedan obligados a llevar un registro de los actos que autentique y de las certi fi caciones que realice en el ejercicio de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1518674-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2017 Mediante O fi cio Nº 1279-2017-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 540-2017, publicada en la edición del día 8 de mayo de 2017. En el título;DICE:Designan Asesora III del Gabinete de Asesores del Ministerio de Defensa DEBE DECIR:Designan Asesora III del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2017 DEBE DECIR: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2017-DE/SG En la parte resolutiva;DICE: Artículo Único. - Designar a la señora Janny Mónica Zavala Saavedra, en el cargo de Asesora III del Gabinete de Asesores del Ministerio de Defensa. DEBE DECIR:Artículo Único. - Designar a la señora Janny Mónica Zavala Saavedra, en el cargo de Asesora III del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa. 1518675-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban conformación y funciones de la Comisión Multisectorial del “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, y dictan normas reglamentarias. DECRETO SUPREMO Nº 132-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se creó el “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; Que, a través de la Cuadragésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se incorporan recursos en el referido Fondo, a fi n de fi nanciar actividades para la mitigación, capacidad de respuesta, y rehabilitación ante la ocurrencia de fenómenos naturales; Que, el Decreto Legislativo N° 1341, que modi fi ca la Ley 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, en su Tercera Disposición Complementaria Modi fi catoria dispone que el Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales, creado mediante el artículo 4 de la Ley 30458, Ley que Regula Diversas Medidas para Financiar la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública en Apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, Los Juegos