Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2017 (10/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de mayo de 2017 /

El Peruano

la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país; señalando además en su numeral 6.1.4, que los reconocimientos otorgados por el Ministerio de Cultura se formalizarán mediante Resolución Ministerial y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y a través de sus medios de difusión; y, en su numeral 6.3, dispone que excepcionalmente, por razones debidamente justificadas, se podrá otorgar reconocimientos póstumos, a propuesta del órgano competente del Ministerio de Cultura; Que, el 29 de abril de cada año se celebra el Día Internacional de la Danza, y en el marco de dicho acontecimiento el Ministerio de Cultura ha considerado distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura, a artistas y gestores por su trayectoria y aporte al desarrollo de la danza en nuestro país; Que, mediante el Informe N° 000152-2017/DGIA/ VMPCIC/MC de fecha 02 de mayo de 2017, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes manifiesta su conformidad con la opinión técnica contenida en el Informe N° 000322-2017/DIA/DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, respecto al reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" a once (11) destacadas personas, las cuales engloban la diversidad cultural de las danzas peruanas, así como el impulso que se le da desde diversos enfoques y regiones del país; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva N° 002-2016/ MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" en el marco de las celebraciones del Día Internacional de la Danza, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, a las siguientes personas: - KATHERINE MACKINNON DE PACHECO DE CÉSPEDES, (póstumo) en reconocimiento a su trayectoria como bailarina y coreógrafa, su aporte a la enseñanza del ballet en el Perú, y su contribución a la profesionalización de la danza en nuestro medio como fundadora del Ballet Peruano. - CARMELA MORALES LAZO VDA DE OREGÓN, en reconocimiento a su contribución a la salvaguardia de expresiones artísticas tradicionales de las regiones de Huancavelica y Junín, a través del rescate, registro y documentación de las músicas y danzas campesinas de estas zonas del país. - PATRICIO MATURANA UBILLA, en reconocimiento a su amplia trayectoria como jefe de escena para las artes escénicas, participando en la creación y producción de emblemáticas puestas en escena, y por sus más de 43 años como miembro del Ballet Nacional. - SABINA MATILDE FAJARDO DE LÓPEZ, en reconocimiento a su aporte en la conservación, transmisión intergeneracional y fortalecimiento de las redes de reciprocidad de las expresiones culturales Atajo de Negritos y Pallas en la provincia de Chincha, Ica. - CLAUDIO GARFIAS VILLEGAS, en reconocimiento a su destacado aporte a la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de Abancay, a través de su trayectoria como intérprete y compositor de letras que forman parte del Carnaval Abanquino. - ROSA LEONOR VALENCIA GARCÍA, en reconocimiento a su comprometida labor en el impulso del sector de la danza a través de la gestión cultural, el trabajo en red, la promoción del acceso a oferta cultural y la difusión de las diversas danzas del país. - PERCY ALEJANDRO VERGARA MENDIVIL, en reconocimiento a su aporte al desarrollo integral de niñas, niños y jóvenes, con un enfoque de inclusión social, desarrollo de habilidades y formación de líderes a través de la danza. - LUIS ALBERTO SANDOVAL ZAPATA, en reconocimiento a su trayectoria como bailarín, director, coreógrafo y pedagogo; y a su trabajo en la difusión

de una propuesta artística que reivindica los aportes históricos, artísticos y culturales afroperuanos a través de Teatro del Milenio. - JAMES MAXIMILIANO FERNÁNDEZ COSSÍO, en reconocimiento a su aporte a la enseñanza y difusión de la cultura afroperuana, especialmente la danza, usando una metodología que desarrolla habilidades artístico musicales, habilidades sociales y sentimiento de pertenencia; y que contribuye a la formación integral de niñas, niños y jóvenes. - VANIA MASÍAS MÁLAGA, en reconocimiento a su trayectoria como bailarina, coreógrafa, directora y gestora cultural; su aporte al desarrollo integral de jóvenes en situación vulnerable; y la promoción de la danza como un campo para el desarrollo humano y profesional. - MARÍA DEL CARMEN OLÓRTEGUI RISCO, en reconocimiento a su destacado profesionalismo y desarrollo de la técnica como bailarina de marinera; su actividad como maestra de bailarines; y su aporte a la difusión y promoción de la danza. Artículo 2.- Remitir una copia de la presente resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a la inscripción que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1518388-1

Aprueban las Bases de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas que organiza el Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 081-2017-VMPCIC-MC Lima, 9 de mayo de 2017 VISTO, el Informe N° 000156-2017/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 04 de mayo de 2017 de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el literal f) del artículo 2 de la Ley N° 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, señala como uno de sus objetivos fundamentales, instituir el Concurso de Proyectos Cinematográficos, y organizar festivales, concursos y otros acontecimientos cinematográficos semejantes; estableciendo además en su artículo 11, que el Ministerio de Cultura convoca a concurso y otorga cada año premios a los mejores proyectos y obras cinematográficas peruanas de cortometraje y largometraje en el ámbito nacional, en sus diferentes categorías y etapas, que consisten en un apoyo económico no reembolsable; Que, el numeral 78.2 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que es función de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, elaborar y elevar al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas, Fonográficas y Editoriales, así como las bases y sus respectivos formatos, para su aprobación, de conformidad con la normatividad legal vigente; Que, asimismo, el numeral 80.9 del artículo 80 del citado Reglamento, establece que la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios tiene la función de fomentar, organizar, ejecutar y supervisar el fomento del audiovisual, la fonografía y los nuevos medios aplicados a la producción cultural, a través de concursos, ayudas económicas, auspicios, premios, entre

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