Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2017 (20/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 20 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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electrónica, a todas las unidades Orgánicas del INDECI, para su conocimiento y fines Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. LUIS ALFONSO ZUAZO MANTILLA Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil 1522699-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban la Directiva N° 001-2017-OTASS/ CD "Procedimiento para la transferencia de recursos que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 005-2017-OTASS/CD Lima, 24 de abril de 2017 Vistos: El Informe N° 06-2017-OTASS-DPGC de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo y de la Dirección de Operaciones, Informe N° 032-2017-OTASS/ OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 085-2017-OTASS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Memorándum N° 090-2017-OTASS/ SG de la Secretaría General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco, establece que para el mejor cumplimiento de sus funciones, el OTASS está facultado para financiar, con cargo a su presupuesto, la adquisición de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal; para lo cual el OTASS podrá realizar transferencias a las empresas prestadoras de accionariado municipal; Que, asimismo, el numeral 98.4 del artículo 98 de la Ley Marco, dispone que el OTASS está facultado para financiar o transferir recursos para la ejecución del Plan de Acciones de Urgencia de las empresas prestadoras en Régimen de Apoyo Transitorio; Que, con los documentos del Vistos, se sustenta la necesidad que el Consejo Directivo del OTASS apruebe la directiva "Procedimiento para la transferencia de recursos que realiza el Organismo Técnico de la

Administración de los Servicios de Saneamiento, a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal", la misma que establece el procedimiento para las transferencias financieras contempladas dentro del alcance de la Ley Marco; Que, el literal b) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA, establece que es función del Consejo Directivo aprobar normas y lineamientos de carácter general que regulen la administración y gestión de las empresas prestadoras; Con los visados de la Dirección Ejecutiva, la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en el Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento en la Sesión Nº 008-2017 del 22 de abril de 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 001-2017-OTASS/ CD "Procedimiento para la transferencia de recursos que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y en el Portal Institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO PABLO OLIVAS ARANDA Presidente del Consejo Directivo 1522554-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 125-2017/SUNAT Lima, 17 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante carta s/n de fecha 4 de mayo de 2017, la División de Cooperación Internacional y Administración Tributaria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en la 45a Sesión del Foro Prácticas Tributarias Dañinas, que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 22 al 24 de mayo de 2017; Que el citado evento tiene por finalidad discutir los avances realizados sobre la implementación de las medidas recomendadas en la Acción 5 BEPS (Base Imponible y el Traslado de Beneficios, por sus siglas en inglés) - (OCDE, 2015) en las diferentes jurisdicciones suscriptoras del Marco Inclusivo; Que en el evento se evaluarán los resultados de la "44a Reunión del Foro de Prácticas Tributarias Dañinas",

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