Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2017 (01/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de noviembre de 2017 /

El Peruano

AMBIENTE
Aceptan renuncia de Presidenta Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2017-MINAM Lima, 31 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 018-2011MINAM, se designó a la señora Amelia Ysabel Díaz Pabló, como Presidenta Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI; Que, la mencionada funcionaría ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la referida renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora AMELIA YSABEL DIAZ PABLO al cargo de Presidenta Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1582474-9

Aprueban el "Plan Estratégico de Gobierno Electrónico 2017 - 2019 del Ministerio del Ambiente"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328-2017-MINAM Lima, 31 de octubre de 2017 Vistos; los Memorandos N° 2268-2017-MINAM/ SG/OGA y N° 2169-2017-MINAM/SG/OGA e Informe N° 263-2017-MINAM/SG/OGA/OTIC de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 747-2017-MINAM/ SG/OGPP e Informe N° 294-2017-MINAM/SG/ OGPP/OPM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 474-2017-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión, entre otros;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 61-2011PCM se aprueban los Lineamientos que establecen el contenido mínimo de los Planes Estratégicos de Gobierno Electrónico, los cuales son de obligatorio cumplimiento para todas aquellas entidades que conforman el Sistema Nacional de Informática; Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo uno de sus ejes transversales el Gobierno Electrónico, el cual está referido al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los órganos de la administración pública para mejorar la información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos; Que, con Decreto Supremo N° 081-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013 ­ 2017, constituyéndose en el principal instrumento que permitirá el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el Perú; Que, la citada Política tiene como objetivos, entre otros, el fomentar la inclusión digital de todos los ciudadanos, a través del gobierno electrónico, especialmente de los sectores vulnerables, a través de la generación de capacidades y promoción de la innovación tecnológica respetando la diversidad cultural y el medio ambiente; así como promover, a través del uso de la tecnologías de la información y en coordinación con los entes competentes, la transformación de la sociedad peruana en una Sociedad de la Información y el Conocimiento, propiciando la participación activa de las entidades del Estado y la sociedad civil, con la finalidad de garantizar que esta sea íntegra, democrática, abierta, inclusiva y brinde igualdad de oportunidades para todos; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, corresponde a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, formular, proponer, ejecutar, realizar seguimiento y evaluar las normas, procedimientos, lineamientos, directivas y planes en materia de tecnologías de la información del Ministerio; Que, bajo este marco normativo, la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Oficina General de Administración propone aprobar el "Plan Estratégico de Gobierno Electrónico 2017 ­ 2019 del Ministerio del Ambiente", cuyo objetivo general es implementar el Gobierno Electrónico en el Ministerio del Ambiente, usando las Tecnologías de la Información (TI) para brindar servicios e información al ciudadano, con el fin de aumentar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar la transparencia y participación ciudadana; Con el visado de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 61-2011PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Estratégico de Gobierno Electrónico 2017 ­ 2019 del Ministerio del Ambiente", el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, el "Plan Estratégico de Gobierno Electrónico 2017 ­ 2019 del Ministerio del Ambiente", aprobado mediante el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional

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