Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2017 (01/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Miércoles 1 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

19

CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor HENRY ANTHONY PAUL HARMAN GUERRA en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación 1582474-8

Aprueban Norma Técnica "Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puestos y de funciones de directores generales y responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica Públicos"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 324-2017-MINEDU Lima, 31 de octubre de 2017 VISTOS, el Expediente N° 0178419-2017, el Informe N° 140-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y el Informe N° 1088-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0452-2010-ED se aprobó la Norma Técnica Nº 022-2010-ME/SG-OGAUPER, denominada "Normas que regulan el proceso de selección de personal para cubrir mediante encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales de Educación Superior Públicos" modificada por las Resoluciones Jefaturales Nºs. 0898-2010-ED y 1053-2011-ED, así como por las Resoluciones Viceministeriales Nºs. 032-2015-MINEDU, 077-2015-MINEDU y 006-2017-MINEDU; Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en adelante la Ley, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como, el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos;

Que, el tercer párrafo del artículo 32 de la Ley, establece que los directores generales de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos son designados por un periodo de tres años por el Organismo de Gestión de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica Públicos (Educatec) o el gobierno regional, según corresponda, pudiendo ser renovada su designación previa evaluación, conforme a las disposiciones del régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y la normativa emitida por el Ministerio de Educación; en tanto no se designe a su sucesor continúa en el cargo; al término de su gestión se les liquida sus beneficios sociales; Que, el primer párrafo del artículo 34 de la Ley, establece, entre otros aspectos, que los responsables de las unidades académicas, unidades de formación continua y unidades de bienestar y empleabilidad, unidades de investigación, así como los responsables de las áreas de calidad y secretarías académicas de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior Tecnológica Públicos son seleccionados por concurso entre los docentes de la carrera pública y designados por un periodo de tres años renovables hasta en dos oportunidades, previa evaluación, por el director general del Instituto de Educación Superior o Escuela de Educación Superior correspondiente, conforme a la normativa emitida por el Ministerio de Educación; Que, la Novena Disposición Complementaria Transitoria de la Ley, establece, entre otros aspectos, que mientras se implemente el proceso de selección y hasta la designación de directores generales de acuerdo a lo establecido en la presente Ley, se encargará el puesto de director general de Institutos de Educación Superior y de Institutos de Educación Superior Pedagógica en aplicación de las normas vigentes del Ministerio de Educación; Que, la Trigésima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, establece que en tanto no se designe a directores generales de los Institutos de Educación Superior Tecnológica, Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos en el marco del Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil a que hace referencia el tercer párrafo del artículo 32 de la Ley Nº 30512; el ejercicio de dichos puestos se rige por la norma que regula los procesos de encargatura de puesto y/o función en plazas de director vigentes y/u otras modalidades que determine el Ministerio de Educación para tal efecto; Que, adicionalmente, la citada Disposición Complementaria Transitoria, establece que en tanto se implemente la selección y designación de los directores generales de Escuelas de Educación Superior Pedagógica, de los responsables de las unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica, Institutos de Educación Superior Pedagógica, Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos, dicho proceso se rige por las normas que el Ministerio de Educación emite para el proceso de encargatura; Que, mediante Oficio Nº 766-2017-MINEDU/VMGPDIGESUTPA, el Director General de la Dirección General de Educación Técnico ­ Productiva y Superior Tecnológica y Artística remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 140-2017-MINEDU/VMGPDIGESUTPA-DISERTPA, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puestos y de funciones de directores generales y responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica Públicos", la cual tiene, entre sus objetivos, establecer los requisitos, procedimientos y criterios técnicos de evaluación para los procesos de encargatura de puestos y de funciones de directores generales y responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica públicos; Que, adicionalmente, el referido Informe indica que debido a la aprobación de un nuevo marco normativo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.