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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (01/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de noviembre de 2017 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor HENRY ANTHONY PAUL HARMAN GUERRA en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación 1582474-8 Aprueban Norma Técnica “Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puestos y de funciones de directores generales y responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica Públicos” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 324-2017-MINEDU Lima, 31 de octubre de 2017VISTOS, el Expediente N° 0178419-2017, el Informe N° 140-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y el Informe N° 1088-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0452-2010-ED se aprobó la Norma Técnica Nº 022-2010-ME/SG-OGA-UPER, denominada “Normas que regulan el proceso de selección de personal para cubrir mediante encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales de Educación Superior Públicos” modi fi cada por las Resoluciones Jefaturales Nºs. 0898-2010-ED y 1053-2011-ED, así como por las Resoluciones Viceministeriales Nºs. 032-2015-MINEDU, 077-2015-MINEDU y 006-2017-MINEDU; Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en adelante la Ley, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como, el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos;Que, el tercer párrafo del artículo 32 de la Ley, establece que los directores generales de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos son designados por un periodo de tres años por el Organismo de Gestión de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica Públicos (Educatec) o el gobierno regional, según corresponda, pudiendo ser renovada su designación previa evaluación, conforme a las disposiciones del régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y la normativa emitida por el Ministerio de Educación; en tanto no se designe a su sucesor continúa en el cargo; al término de su gestión se les liquida sus bene fi cios sociales; Que, el primer párrafo del artículo 34 de la Ley, establece, entre otros aspectos, que los responsables de las unidades académicas, unidades de formación continua y unidades de bienestar y empleabilidad, unidades de investigación, así como los responsables de las áreas de calidad y secretarías académicas de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior Tecnológica Públicos son seleccionados por concurso entre los docentes de la carrera pública y designados por un periodo de tres años renovables hasta en dos oportunidades, previa evaluación, por el director general del Instituto de Educación Superior o Escuela de Educación Superior correspondiente, conforme a la normativa emitida por el Ministerio de Educación; Que, la Novena Disposición Complementaria Transitoria de la Ley, establece, entre otros aspectos, que mientras se implemente el proceso de selección y hasta la designación de directores generales de acuerdo a lo establecido en la presente Ley, se encargará el puesto de director general de Institutos de Educación Superior y de Institutos de Educación Superior Pedagógica en aplicación de las normas vigentes del Ministerio de Educación; Que, la Trigésima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, establece que en tanto no se designe a directores generales de los Institutos de Educación Superior Tecnológica, Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos en el marco del Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil a que hace referencia el tercer párrafo del artículo 32 de la Ley Nº 30512; el ejercicio de dichos puestos se rige por la norma que regula los procesos de encargatura de puesto y/o función en plazas de director vigentes y/u otras modalidades que determine el Ministerio de Educación para tal efecto; Que, adicionalmente, la citada Disposición Complementaria Transitoria, establece que en tanto se implemente la selección y designación de los directores generales de Escuelas de Educación Superior Pedagógica, de los responsables de las unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica, Institutos de Educación Superior Pedagógica, Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos, dicho proceso se rige por las normas que el Ministerio de Educación emite para el proceso de encargatura; Que, mediante O fi cio Nº 766-2017-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA, el Director General de la Dirección General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 140-2017-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA-DISERTPA, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puestos y de funciones de directores generales y responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica Públicos”, la cual tiene, entre sus objetivos, establecer los requisitos, procedimientos y criterios técnicos de evaluación para los procesos de encargatura de puestos y de funciones de directores generales y responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos de Educación Superior Tecnológica públicos; Que, adicionalmente, el referido Informe indica que debido a la aprobación de un nuevo marco normativo