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84 NORMAS LEGALES Viernes 3 de noviembre de 2017 / El Peruano de cooperación interinstitucional; indicando que en el presupuesto municipal, los servicios de seguridad ciudadana y serenazgo arrojan por gastos ordinarios anuales S/. 115,407.00 (Presupuesto Inicial de Apertura, PIA) que tendrían que cubrirse por recursos directamente recaudados, no obstante la ratio de morosidad bordea el 70% en los últimos años. Así mismo informa que hasta mayo de 2017, el cobro de arbitrios por el rubro solamente ha generado S/. 11,104.82, precisando que el área de serenazgo cuenta a la fecha con 14 serenos, 02 camionetas, 02 motos, 02 radios portátiles y 01 radio base, frente a una población de más de 32 mil habitantes y un mapa de mayor riesgo delincuencial que abarca diferentes zonas del distrito. Que, al respecto la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Opinión Legal favorable Nº156-2017-SGAJ-MDP para que el alcalde Distrital disponga que el Proyecto de Ordenanza sea elevado al Pleno del Concejo Municipal, a fi n que lo evalúe, debata y apruebe conforme a los lineamientos del Art. 9º de la L.O.M. y faculte la suscripción del convenio respectivo (…); Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Paramonga, con el voto UNÁNIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA EN MATERIA TRIBUTARIA QUE AUTORIZA PARA EL AÑO 2017 EL COBRO POR INTERMEDIO DE LOS RECIBOS DE LA EMPRESA DE SERVICIOS ELÉCTRICOS MUNICIPALES DE PARAMONGA S.A (EMSEMSA) DE S/. 3.00 MENSUALES POR FRACCIÓN DE ARBITRIOS DEL SERVICIO DE SERENAZGO O SEGURIDAD CIUDADANA, PREESTABLECIDOS POR CATEGORÍAS EN ANTERIOR ORDENANZA Nº 014-2005-C/MDP (30.11.2005), RATIFICADA POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA EN ACUERDO DE CONCEJO Nº 003- 2006-AL/CPB (01.02.2006). Artículo Primero.- AUTORIZAR durante el 2017, la recaudación de S/. 3.00 mensuales(TRES Y 00/100 SOLES) por fracción de arbitrios del servicio de serenazgo o seguridad ciudadana a través de los recibos que extiende a sus usuarios la Empresa de Servicios Eléctricos Municipales de Paramonga S.A - EMSEMSA. Artículo Segundo.- PRECISAR que no hay variación alguna de las tasas pre establecidas por categorías en Ordenanza Nº 014-2005-C/MDP (30.11.2005), ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 003-2006-AL/CPB (01.02.2006), cuya vigencia resulta prorrogada para el presente ejercicio fi scal conforme a ley. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al señor Alcalde a suscribir el convenio respecto a lo resuelto en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Sub Gerencia de Administración Tributaria y las demás unidades ejecutoras, la remisión de la base de datos de los contribuyentes respectivos teniendo en cuenta lo dispuesto por el Art. 6º del D. Leg. Nº 1253, el cumplimiento y debida aplicación de la Ordenanza, así como su adecuada difusión. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a Secretaria General la publicación de la presente en el Diario O fi cial El Peruano y su remisión a la Municipalidad Provincial de Barranca, para los fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE al responsable del Portal de Transparencia, su respectiva publicación en el portal institucional http://www.muniparamonga.gob.pe/. POR TANTO:Mando se registre, publique, comunique y cumpla.Dado en la Municipalidad Distrital de Paramonga, a los dos días del mes de agosto del dos mil diecisiete. FERNANDO F. ALVARADO MORENO Alcalde Distrital de Paramonga 1582487-1SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 028-2017-OEFA/CD Mediante O fi cio N° 331-2017-OEFA/SG, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental solicita se publique la Fe de Erratas de la Carátula de la Resolución de Consejo Directivo N° 028-2017-OEFA/CD, publicada en Separata Especial el 1 de noviembre de 2017, en atención a su nuevo logotipo institucional, aprobado por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 054-2017-OEFA/PCD del 23 de mayo de 2017. DICE: Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2017-OEFA/CD “Directiva para la Identi fi cación de Sitios Impactados por Actividades de Hidrocarburos a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA” y su Anexo “Metodología para la Estimación del Nivel de Riesgo a la Salud y al Ambiente de Sitios Impactados” DEBE DECIR: ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL “DIRECTIVA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE SITIOS IMPACTADOS POR ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS A CARGO DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA” Y SU ANEXO “METODOLOGÍA PARA LA ESTIMACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO A LA SALUD Y AL AMBIENTE DE SITIOS IMPACTADOS” Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 028-2017-OEFA/CD 1582761-1