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79 NORMAS LEGALES Viernes 3 de noviembre de 2017 El Peruano / Regional, la propuesta normativa del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Dirección Regional de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Coronel Portillo, Padre Abad, Atalaya y Purús; Que, mediante Dictamen Nº 008-2017-GRU-CR- CAL, de fecha 09 de octubre de 2017 la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional, dictamina aprobar la Ordenanza Regional, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Dirección Regional de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Coronel Portillo, Padre Abad, Atalaya y Purús; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha once de octubre de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P 2017, de la Dirección Regional de Educación, conteniendo un total de Doscientos Dieciséis (216) cargos de los cuales Doscientos Ocho (208) cargos se encuentran en condición de ocupados y Ocho (08) cargos, se encuentran en condición de previstos, los que son distribuidos de la siguiente manera: ENTIDAD: Dirección Regional de Educación de y Unidades de Gestión Educativa Local Sector: Gobierno Regional de Ucayali SEDECAP PROVISIONALSITUACION OCUPADO PREVISTO DRE Ucayali 61 58 3 UGEL: Coronel Portillo 59 56 3 UGEL: Padre Abad 39 37 2UGEL: Purús 27 27 0 UGEL: Atalaya 30 30 0 TOTAL 216 208 8 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local de Coronel Portillo, Padre Abad, Atalaya y Purús, la implementación de la Ordenanza Regional, en su jurisdicción correspondiente. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) y de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www.serviciosalciudadano.gob.pe, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los once días del mes de octubre de dos mil diecisiete. LUIS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA ROMAN Consejero DelegadoConsejo RegionalPOR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil diecisiete. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1582525-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Amplían vigencia de la Ordenanza N° 440-MDSMP que otorgó Beneficio de Regularización a la Omisión de Presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial en el Distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2017-MDSMP San Martín de Porres, 31 de octubre de 2017EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES. VISTO:La Ordenanza Municipal Nº 440-MDSMP, de fecha 22 de Agosto del 2017 y el O fi cio Nº 010-010-17000307 remitido por el Jefe de SAT del Distrito de San Martín de Porres. CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política económica y administrativa en asuntos de su competencia y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 440-MDSMP de fecha 22-08-2017, se otorgó el “Bene fi cio de Regularización a la Omisión de Presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial en el Distrito de San Martín de Porres”, condonando gradualmente las multas tributarias por condición de omisos o subvaluadores del Impuesto Predial; condonando intereses moratorios del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales, condonación de la infracción contenida en el artículo 177º del TUO del Código Tributario aprobado con D.S. Nº 133-2013-EF, entre otros, con vigencia hasta el 31-10-2017. Que, tales bene fi cios han permitido que la población cumpla con su obligación tributaria de declarar y pagar sus impuestos municipales adecuadamente, en salvaguarda de sus propiedades. Asimismo ha generado mayores ingresos con relación a los meses anteriores; conforme al siguiente Cuadro de Ingresos: Meses Monto generado Incremento Julio S/ 12,619.76 Agosto S/ 27,452.92 Setiembre S/ 1’735,679.08 S/ 1’708,226.16 Octubre S/ 1’610,596.24 S/ 1’583,143.32