Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2017 (22/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 22 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES
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En Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil diecisiete. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1589100-2

DICE: "Artículo 3.- Glosario de Términos (...) 3.4. Activo Crítico Nacional - ACN.- Son aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales, o que están destinados a cumplir dicho fin. La afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación." DEBE DECIR: "Artículo 3.- Glosario de Términos (...) 3.4. Activos Críticos Nacionales - ACN.- Son aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales, o que están destinados a cumplir dicho fin. La afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación." Página 7:

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 106-2017-PCM Mediante Oficio Nº 1660-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 106-2017-PCM, publicado en la edición del 10 de noviembre de 2017. Página 5: DICE: "DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- (...) "Artículo 3.- Definiciones Para los fines del presente Reglamento y de las actividades reguladas por el mismo, se entenderá por: a. Activo Crítico Nacional - ACN. - Son aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales o que están destinados a cumplir dicho fin. La afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación. (...)". DEBE DECIR: "DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- (...) "Artículo 3.- Definiciones Para los fines del presente Reglamento y de las actividades reguladas por el mismo, se entenderá por: a. Activos Críticos Nacionales - ACN. - Son aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales o que están destinados a cumplir dicho fin. La afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación. (...)".

DICE: "Artículo 8.- Procedimiento para elaborar el Inventario Nacional de los Activos Críticos Nacionales ­ INACN (...): 8.1. Los sectores identifican los Activos Críticos Nacionales ­ ACN tomando en cuenta los criterios establecidos en el artículo precedente, en coordinación con el operador del respectivo Activo Crítico Nacional ­ ACN. Asimismo, debe tomarse en cuenta la naturaleza y función del activo seleccionado y los servicios que brinda." DEBE DECIR: "Artículo 8.- Procedimiento para elaborar el Inventario Nacional de los Activos Críticos Nacionales ­ INACN (...): 8.1. Los sectores identifican los Activos Críticos Nacionales ­ ACN tomando en cuenta los criterios establecidos en el artículo 6 del presente Reglamento, en coordinación con el operador del respectivo Activo Crítico Nacional ­ ACN. Asimismo, debe tomarse en cuenta la naturaleza y función del activo seleccionado y los servicios que brinda." Página 10: DICE: "ANEXO Nº 3 CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES - ACN Y SU CORRESPONDENCIA CON LAS CAPACIDADES NACIONALES CAPACIDADES NACIONALES 10. Salud CLASIFICACIÓN DE ACTIVO CRÍTICO NACIONAL 10.1. Atención por emergencia 10.2. Cuidado hospitalario (Pacientes internados y atención externa) 10.3. Ministro de productos farmacéuticos, vacunas, sangre, suministros médicos 10.4. Control de epidemias e infecciones

DEBE DECIR: "ANEXO Nº 3 CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES - ACN Y SU CORRESPONDENCIA CON LAS CAPACIDADES NACIONALES CAPACIDADES NACIONALES 10. Salud CLASIFICACIÓN DE ACTIVO CRÍTICO NACIONAL 10.1. Atención por emergencia 10.2. Cuidado hospitalario (Pacientes internados y atención externa) 10.3. Suministro de productos farmacéuticos, vacunas, sangre, suministros médicos 10.4. Control de epidemias e infecciones

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