Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2017 (22/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Que, el artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que la definición de las funciones y la estructura orgánica de los Programas y Proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones, cuyo contenido mínimo está señalado en el artículo 36 de los referidos Lineamientos; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG se dictan disposiciones para la aprobación de Manuales de Operaciones de los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modificada por la Resolución Ministerial N° 0355-2017-MINAGRI, precisándose que estos documentos de gestión deberán ser aprobados mediante resolución ministerial previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, con el Oficio Nº 411-2017-PEAH-6301, de fecha 15 de setiembre de 2017, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Alto Huallaga remite para su aprobación la propuesta del Manual de Operaciones de dicho Proyecto Especial; Que, mediante los Informes Técnicos Nos. 067-2017-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM y 0085-2017-MINAGRI-SG, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, emite opinión favorable a la propuesta de aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial, refiriendo que cumple con las características y requisitos de la normatividad vigente; Que, el Manual de Operaciones permitirá al Proyecto Especial Alto Huallaga (PEAH) permitirá contar con un instrumento de gestión actual alineado al Sector, en el cual se establece la naturaleza, objetivos, ámbito de intervención, dependencias, funciones, estructura orgánica y principales procesos, entre otros; orientado al cumplimiento de sus objetivos, en el marco de la Política Nacional Agraria, aprobada por el Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI; Que, en consecuencia resulta necesario proceder a la aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Alto Huallaga (PEAH); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Alto Huallaga (PEAH). Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Alto Huallaga (PEAH), el mismo que consta de cinco (05) Títulos, veintisiete (27) artículos y (01) Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogatoria Derogar la Resolución Presidencial N° 121-2006INADE-1100 de fecha 04 de agosto del 2006. Artículo 3.- Medidas Complementarias Dentro del plazo máximo de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Alto Huallaga (PEAH), presentará a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINAGRI la propuesta de su Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) y, en tanto se apruebe, podrá adoptar las medidas transitorias necesarias que se requieran, para asegurar la adecuada implementación de todas las funciones establecidas en el referido Manual de Operaciones.

Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano y la resolución que aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Alto Huallaga, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y en el Portal Institucional del Proyecto Especial Alto Huallaga (www.peah.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1588241-1

AMBIENTE
Autorizan viaje de Presidenta del Consejo Directivo del OEFA a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 356-2017-MINAM Lima, 21 de noviembre de 2017 Vistos; el Oficio N° 353-2017-OEFA/SG de la Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Informe N° 519-2017-MINAM/ SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental que corresponde; Que, mediante documento s/n de fecha 8 de noviembre de 2017, la Jefa de la Unidad de Salvaguardas Ambientales y Sociales del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y la Presidenta del Instituto Brasileño del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (IBAMA), cursan invitación a la Presidenta del Consejo Directivo del OEFA, para participar de los eventos: (i) "Reunión Anual de la Red Sudamericana de Fiscalización y Cumplimiento Ambiental (REDSUFICA)", (ii) "III Diálogo Regional de Políticas sobre Licenciamiento y Cumplimiento Ambiental en América Latina (DRP)", los cuales se llevarán a cabo en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 28 al 30 de noviembre de 2017; y, (iii) "Visita Técnica a la región del desastre de la minería Samarco", la cual se llevará a cabo en la ciudad de Belo Horizonte, República Federativa de Brasil, los días 1 y 2 de diciembre de 2017; Que, la asistencia y participación de la Presidenta del Consejo Directivo del OEFA, en los referidos eventos permitirá: (i) fomentar el intercambio de experiencias e identificar las mejores prácticas de fortalecimiento de la fiscalización ambiental; (ii) presentar el Proyecto del "Plan Estratégico de la REDSUFICA" y la propuesta de modificación de los estatutos de la REDSUFICA; (iii) proponer la nueva identidad visual de la REDSUFICA, tanto en signo distintivo como en su página web; (iv) presentar las mejoras efectuadas por el OEFA en materia de fiscalización ambiental ante los miembros del BID; y, (v) conocer los mecanismos técnicos y legales utilizados por la autoridad fiscalizadora ambiental de Brasil para la

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