Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2017 (22/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 22 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

9

atención de desastres ambientales, así como las medidas de remediación dispuestas para la recuperación de la zona impactada; Que, los gastos de participación en los eventos: "Reunión Anual de la Red Sudamericana de Fiscalización y Cumplimiento Ambiental (REDSUFICA)", y "III Diálogo Regional de Políticas sobre Licenciamiento y Cumplimiento Ambiental en América Latina (DRP)" serán cubiertos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA); Que, teniendo en consideración que el evento denominado "Visita Técnica a la región de desastre de la Minería Samarco" irrogará gasto al Estado, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del OEFA remite la correspondiente Certificación de Crédito Presupuestario; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje de la citada servidora, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora MARIA TESSY TORRES SANCHEZ, Presidenta del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ OEFA, a las ciudades de Brasilia y Belo Horizonte, República Federativa de Brasil, del 27 de noviembre al 3 de diciembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, respecto al evento denominado "Visita Técnica a la región de desastre de la Minería Samarco" serán cubiertos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, de acuerdo al siguiente detalle: MARIA TESSY TORRES SANCHEZ Pasajes internacionales Viáticos (por 3 días) US$ 988.99 US$ 1 110.00

Fiscalización Ambiental ­ OEFA; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1589095-1

DEFENSA
Aprueban cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 174-2017 DE/ Lima, 21 de noviembre de 2017 VISTO: Los Oficios Nº 2288-2017-MINDEF/VPD/B/c de fecha 26 de octubre de 2017, y Nº 2122-2017-MINDEF/ VPD/B/01.e de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; el Oficio Nº G.500-4460 de fecha 11 de setiembre de 2017 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina; y el Informe Legal N° 2115-2017-MINDEF-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG, de fecha 13 de diciembre de 2006 (en adelante, el Reglamento) establece que el Personal Militar de las Fuerzas Armadas en misión diplomática, brinda un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de Seguridad y Defensa, en las diversas Misiones Diplomáticas y Representaciones Permanentes ante Organismos Internacionales de las cuales el Perú forma parte; sujetándose a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables; Que, de conformidad con lo establecido por el literal a) del artículo 4 del Reglamento, uno de los cargos que desempeña el Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Misión Diplomática es el de Agregado, el cual es de Defensa y, excepcionalmente, cuando lo justifique la naturaleza de las relaciones existentes y de la gestión a desempeñar, los Oficiales podrán ser nombrados como Agregado de Defensa Adjunto y Militar, Naval o Aéreo; Que, el citado precepto añade que dicho cargo es desempeñado por Personal Superior de las Fuerzas Armadas, a través de una acreditación ante una Misión Diplomática o representación permanente ante un organismo internacional; Que, el inciso a) del artículo 8 del Reglamento indica que el Ministro de Defensa aprobará el número de vacantes y la propuesta de cargos a desempeñar por el Personal Militar en Misión Diplomática para el año siguiente, debiendo tener en consideración la dependencia técnica, logística y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes países, Organismos Internacionales y entidades especializadas; Que, el inciso b) del artículo mencionado en el considerando anterior, señala que los cargos a

Artículo 3.- Encargar las funciones de Presidenta del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA a la señora MIRIAM ALEGRIA ZEVALLOS, Secretaria General del OEFA, en adición a sus funciones, a partir del 27 de noviembre de 2017 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Organismo de Evaluación y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.