Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (22/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de noviembre de 2017 / El Peruano de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el literal h) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento establece que es función de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, registrar a los órganos del Sector que realizarán las funciones de UF y UEI, así como a sus Responsables, en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el artículo 9 del Reglamento señala que las UEI son las unidades ejecutoras presupuestales. Así mismo, pueden ser cualquier órgano o entidad o empresa adscrita de un Sector del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local sujetos al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluyendo a los programas creados por norma expresa en el ámbito de éstos, que no requieren necesariamente ser Unidades Ejecutoras presupuestales, pero que por su especialidad realizan las funciones previstas en el mencionado artículo; Que, el numeral 4.5 del artículo 4 de la “Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, aprobada con Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 004-2017-EF/63.01, en adelante la Directiva, dispone que la UEI es la unidad orgánica de una entidad o de una empresa sujeta al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, designada por el Órgano Resolutivo y registrada por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su Responsable, mediante el Formato N° 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, siendo que por su especialidad realiza las funciones de UEI establecidas por la normatividad de dicho Sistema; Que, en virtud de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, se dispone que la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas realizará las funciones previstas en calidad de rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones para la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, ello, en tanto se aprueben los documentos para la estructuración organizativa institucional, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1252; Que, mediante el O fi cio N° 110-2017-EF/63.06, la Dirección General de Inversión Pública señala que el numeral 5.6 del artículo 5 de la Ley que establece el per fi l profesional para el responsable de la OPMI y de la UF, no abarca a las UEI; sin perjuicio de ello, recomienda tener presente el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva, donde se establece que las Unidades Ejecutoras de Inversiones serán designadas por el Órgano Resolutivo de su sector y serán registradas por la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, mediante el Formato N° 3, Registro de Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones; Que, mediante el Informe N° 473-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación designado mediante Resolución Ministerial N° 291-2017-MINEDU, señala que las propuestas presentadas por: i) La Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - SINEACE; ii) La Dirección Ejecutiva del Proyecto Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior - PROCALIDAD; y iii) La Secretaría General del Minedu en su calidad de responsable de la Unidad Ejecutora Presupuestal del Programa Educación Básica Para Todos, cumplen con lo dispuesto en la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, habiendo dicha o fi cina veri fi cado que las funciones que realizan actualmente las áreas propuestas, en su calidad de Unidades Ejecutoras Presupuestales, guardan concordancia con las funciones que asume la UEI; en consecuencia, otorga su conformidad y recomienda que los antes referidos, así como los responsables propuestos sean designados por el Órgano Resolutivo del Sector; para lo cual adjunta el Formato N° 03 de cada una de las UEI para su registro en el Banco de Inversiones; Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, de la Secretaria General, del Secretario de Plani fi cación Estratégica, de la Jefa de la Unidad de Programación e Inversiones, del Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones y de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y su modi fi catoria; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, y sus modi fi catorias; la Directiva Nº 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01, y su modi fi catoria; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a las siguientes Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Educación, y sus responsables, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, según se detalla a continuación: Entidad Área u órgano Responsable 1Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - SINEACEOfi cina de Adminis- tración GRACIELA DEL CARMEN ORBEGOSO FLORES 2Proyecto Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior – PROCALIDAD del SINEACEOfi cina de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación EDUARDO ALFREDO POMA BUENDÍA 3Programa Educación Básica Para TodosSecretaría General ANA GRIMANESA REÁTEGUI NAPURÍ Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Educación y sus responsables designados mediante la presente resolución, así como remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1588833-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 649-2017-MINEDU Lima, 21 de noviembre de 2017Visto, el Expediente N° LB22017-INT-0167701 que contiene el Informe N° 0438-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; y el Informe N° 1112-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;