Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2017 (28/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Martes 28 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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27. Así, considerando que existe pronunciamientos en sede administrativa del concejo municipal sobre las suspensiones del alcalde Gilberto Arévalo Riveiro y de los regidores Julio César Valera Silva y Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, basados en la medida de coerción procesal dictadas por el órgano jurisdiccional competente en contra de los mismos, este colegiado electoral concluye que se debe proceder conforme a los acuerdos de concejo mediante los cuales se aprobó la suspensión de cada uno de ellos, los mismos que fueron adoptados en las sesiones extraordinarias, de fechas 5 y 29 de setiembre de 2017, el primero sobre la suspensión del alcalde y el segundo sobre la suspensión de los mencionados regidores. Por tal motivo, corresponde dejar sin efecto las credenciales que los acreditan en dichos cargos de elección popular. 28. Por consiguiente, se debe convocar al primer regidor hábil que sigue en la lista electoral del burgomaestre, Rony del Águila Castro, identificado con DNI Nº 00114862, para que asuma, en forma provisional, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, y para completar el número de regidores, respetando también la precedencia establecida en la lista electoral a la que pertenecen, corresponde convocar a los candidatos no proclamados del movimiento regional Movimiento Independiente Regional Cambio Ucayalino, Rosmery Maythe Sandy Baneo, con DNI Nº 60737740, Andrea Vásquez Arévalo, con DNI Nº 72160350, y Horacio Arturo Correa Alván, con DNI Nº 75531082, para que asuman, de forma provisional, el cargo de regidores del Concejo Distrital de Yarinacocha, mientras se resuelve la situación jurídica de las autoridades cuestionadas. 29. Estas convocatorias se efectúan de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 31 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con motivo de las elecciones municipales de 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- ACUMULAR los Expedientes Nº J-2017-00370-C01 y Nº J-2017-00404-C01, de conformidad con los considerandos 1, 2 y 3 de la presente resolución. Artículo Segundo.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por Gilberto Arévalo Riveiro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por los fundamentos expuestos en los considerandos 8 y 9 de la presente resolución. Artículo Tercero.- Declarar IMPROCEDENTE la nulidad del proceso de suspensión deducida por Gilberto Arévalo Riveiro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, por el fundamento expuesto en el considerando 10 de la presente resolución. Artículo Cuarto.DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Gilberto Arévalo Riveiro, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en tanto se resuelve su situación jurídica. Artículo Quinto.DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Julio César Valera Silva, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en tanto se resuelve su situación jurídica. Artículo Sexto.DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en tanto se resuelve su situación jurídica. Artículo Séptimo.- CONVOCAR a Rony del Águila Castro, con DNI Nº 00114862, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en tanto se resuelve la situación jurídica de Gilberto Arévalo Riveiro, Julio César Valera Silva y Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, para tal efecto se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal.

Artículo Octavo.- CONVOCAR a Rosmery Maythe Sandy Baneo, con DNI Nº 60737740, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en tanto se resuelve la situación jurídica de Gilberto Arévalo Riveiro, Julio César Valera Silva y Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, para tal efecto se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Noveno.- CONVOCAR a Andrea Vásquez Arévalo, con DNI Nº 72160350, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en tanto se resuelve la situación jurídica de Gilberto Arévalo Riveiro, Julio César Valera Silva y Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, para tal efecto se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Décimo.- CONVOCAR a Horacio Arturo Correa Alván, con DNI Nº 75531082, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en tanto se resuelve la situación jurídica de Gilberto Arévalo Riveiro, Julio César Valera Silva y Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, para tal efecto se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1590876-2

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Urubamba, en el Distrito Judicial de Cusco
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 170-2017-MP-FN-JFS Lima, 23 de noviembre de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por el abogado Ubaldo Callo Deza, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Urubamba, en el Distrito Judicial de Cusco, con efectividad al 10 de octubre de 2017; Según Resolución N° 494-2011-CNM de fecha 29 de diciembre de 2011, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró al mencionado magistrado en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Urubamba, en el Distrito Judicial de Cusco; Mediante Acuerdo N° 4856 adoptado por Junta de Fiscales Supremos en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de noviembre de 2017, se aceptó por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado Fiscal, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el Acuerdo N° 4856 de Junta de Fiscales Supremos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Ubaldo Callo Deza, al cargo de Fiscal Adjunto

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