Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2017 (28/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 28 de noviembre de 2017 /

El Peruano

de gestión asumidos por la Universidad comprometen recursos en materias que son sensibles a la ejecución de las actividades del PDA, como son el mantenimiento, reposición y operación de equipos y el mejoramiento de los servicios de tecnologías de información; Que, en el año 2018, la Universidad tiene planeado ejecutar actividades por un monto de diecinueve millones (S/ 19 000 000) de soles vinculados a la implementación de laboratorios de Ingeniería Mecánica Eléctrica, la contratación de docentes especializados y el mantenimiento de infraestructura. Para llevarlas a cabo, la Universidad se sostendrá con recursos provenientes de sus proyectos de inversión multianual, aprobados para el 2018, 2019, y 2020, los cuales se encuentran vinculados al mejoramiento de la infraestructura, laboratorios y servicios académicos; Que, en ese sentido, se observa que la Universidad ha tomado en cuenta la disposición de recursos en su presupuesto para plantear una propuesta real y de proyección sostenible; II.3 Conclusiones de la evaluación del PDA Que, el PDA presentado por la Universidad está orientado a levantar las observaciones desfavorables del IRD, por lo que se puede concluir lo siguiente: Que, respecto a la pertinencia de los objetivos propuestos, se verifica que los objetivos y resultados planteados por la Universidad en su PDA permitirán la subsanación de las observaciones realizadas durante la revisión documentaria; Que, respecto a la coherencia de los cursos de acción propuestos, se verifica que la Universidad ha planificado actividades que son coherentes a los objetivos planteados, y ha asignado recursos y responsabilidades que permiten su consecución; Que, respecto a la sostenibilidad de acciones programadas, se verifica que la Universidad cuenta con los recursos institucionales y financieros que le permitirán llevar a cabo la planificación propuesta en su PDA de una manera sostenible; Que, en atención a las consideraciones expuestas, se advierte que la propuesta de PDA es consistente, tanto en su diseño interno para un proceso de implementación como para el levantamiento de las observaciones señaladas en el IRD; Que, en virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13 numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Universitaria, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, el artículo 12 del Reglamento Licenciamiento, aprobado mediante la Resolución N° 008-2017-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, a lo acordado en la sesión SCD N° 045-2017 del Consejo Directivo; y contando con el visado de la Dirección de Licenciamiento; SE RESUELVE: Primero.- APROBAR el Plan de Adecuación presentado por la Universidad Nacional Agraria de la Selva. Segundo.- ESTABLECER que el 31 de julio de 2018 la Universidad Nacional Agraria de la Selva presente la documentación que acredite la ejecución y cumplimiento del Plan de Adecuación, de acuerdo al cronograma presentado. Tercero.- REQUERIR a la Universidad Nacional Agraria de la Selva lo siguiente: i. Reporte a la Dirección de Licenciamiento la ejecución de los avances de su Plan de Adecuación cada cuarenta y cinco (45) días calendario hasta la culminación del cronograma propuesto; cabe precisar que en este reporte deberá incluirse los avances vinculados a la formulación del Plan de disposición de los residuos sólidos y líquidos peligrosos, de acuerdo a los avances realizados, a las cotizaciones y tiempos planteados por la consultora a ser seleccionada;

ii. Presente documentación que acredite el avance de la ejecución de los planes de calidad y política del medio ambiente formulados; y, iii. Especifique la fuente de financiamiento y partida correspondiente sobre los recursos para la remodelación y acondicionamiento de los ambientes para docentes. Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad Nacional Agraria de la Selva. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASÍAS QUIROGA Presidenta del Consejo Directivo de la Sunedu 1591198-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Conforman diversas salas y designan juez supernumeraria en la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 649-2017-P-CSJLI/PJ Lima, 27 de noviembre de 2017 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede, se pone conocimiento de la Presidencia que la doctora Vilma Heliana Buitron Aranda, Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima se encuentra delicada de salud, informado que será intervenida quirúrgicamente en una Clínica Local, motivo por el cual se le expedirá el respectivo descanso médico, asimismo solicitan la designación del Magistrado que la reemplazará por el periodo que dure su licencia por motivos de salud. Que, mediante el ingreso número 709436-2017 la doctora Elisa Vilma Carlos Casas, Presidenta de la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 28 de noviembre al 05 de diciembre del presente año. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 4442017-P-PJ de fecha 24 de noviembre del presente año, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 25 de noviembre del presente año se resolvió en el artículo primero conformar a partir de la fecha la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, observándose que el doctor Ricardo Alberto Brousset Salas, Juez Superior Titular de esta Corte Superior de Justicia de Lima integra la referida Sala Suprema; siendo así, se deben adoptar las medidas administrativas pertinentes con la finalidad de cautelar el normal desarrollo de Tercera Sala Penal Liquidadora de Lima. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales, proceder a la designación de los magistrados conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su

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