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80 NORMAS LEGALES Viernes 6 de octubre de 2017 / El Peruano RESOLUCIÓN SBS Nº 3759-2017 Lima, 26 de setiembre de 2017EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA:La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que esta Superintendencia autorice la apertura de tres (03) O fi cinas Especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, en sesión de Directorio de fecha 01 de setiembre de 2017, se acordó la apertura de las referidas O fi cinas Especiales; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorandum N° 542-2017-SABM; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a CMAC Piura S.A.C la apertura de tres (03) O fi cinas Especiales según se detalla en el Anexo que acompaña a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MYRIAM CORDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas (a.i.) Anexo a la Resolución SBS Nº 3759-2017 N° Departamento Provincia Distrito Dirección 1 Lambayeque Chiclayo Oyotún Calle Bolognesi N° 475 2 Lambayeque Ferreñafe FerreñafeCalle Bolívar N° 518 - Pueblo tradicional Ferreñafe 3 Lambayeque Chiclayo La Victoria Av. Los Incas N° 1057 1573207-3 Autorizan la actuación de persona natural como Representante en el Perú de Bancolombia S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 3812-2017 Lima, 27 de setiembre de 2017LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES VISTA:La solicitud presentada por el señor Andrés Giraldo Vélez, para que esta Superintendencia le otorgue autorización para actuar como Representante en el Perú de Bancolombia S.A. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 5306-2012 del 03/08/2012, se autorizó a la señora Dariella Paola Gentile Velilla para actuar como Representante en el Perú de Bancolombia S.A.; Que, mediante carta presentada el 31/07/2017, el señor Andrés Giraldo Vélez, de nacionalidad colombiana e identi fi cado con Carné de Extranjería N° 001374996, solicita a esta Superintendencia autorización para que actúe como Representante en el Perú de Bancolombia en reemplazo de la señora Dariella Paola Gentile Velilla; Que, en el marco de lo establecido en el artículo 43° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modi fi catorias, y de conformidad con los requisitos exigidos en el artículo 20° del Reglamento para la Constitución, Reorganización y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financieros y de Seguros, (Resolución SBS N° 10440-2008), y en el procedimiento N° 06 del TUPA de esta Superintendencia; se ha veri fi cado que la documentación presentada por la referida empresa bancaria extranjera no establecida en el país, se encuentra legalmente conforme; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” y por el Departamento Legal; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución N° 5306-2012 del 03/08/2012, por la cual se autorizó a la señora Dariella Paola Gentile Velilla a actuar como Representante en el Perú de Bancolombia S.A. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Andrés Giraldo Vélez, a actuar como Representante en el Perú de Bancolombia S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 1572577-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Cuadros para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Salud DIRESA - Callao, de las Direcciones de Redes de Salud Bonilla - La Punta, BEPECA y Ventanilla, así como del Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión y los Hospitales San José y Ventanilla ORDENANZA REGIONAL Nº 000011 Callao, 14 de setiembre del 2017EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 14 de setiembre del 2017; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Gobierno Nacional con fecha 02 de Diciembre del 2016, ha publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, la Ley Nº 30518 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017” en cuyo Artículo 8, numeral 8.1 literal