Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2017 (06/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 6 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "Feria Internacional de Tacna ­ FERITAC 2017" del 23 al 30 de agosto de 2017, ubicada en el "Recinto Campo Ferial del Parque Perú", distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Oficina Especial Temporal, requerida por el Procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA- de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 3082-2011 y modificatorias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y modificatorias; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 47972015; el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; en concordancia con lo señalado por el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución Nº 3082-2011; y, de acuerdo con la encargatura dispuesta según el Memorando Nº 542-2017-SABM de fecha 15.09.2017; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., con eficacia anticipada al 23 de agosto de 2017, la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "Feria Internacional de Tacna ­ FERITAC 2017" del 23 de agosto de 2017 al 30 de agosto de 2017, ubicada en el "Recinto Campo Ferial del Parque Perú", distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CÓRDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1573355-1

Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento N °12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N°26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorandum N° 542-2017-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la CMAC Piura S.A.C. el traslado de su Agencia, ubicada en Jr. Lima N° 824826, distrito y provincia de Abancay, departamento Apurímac, hacia su nueva dirección sito en Esquina Av. Arequipa N°300 y Calle Junín N° 211, distrito y provincia de Abancay, departamento Apurímac . Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CORDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1573207-1

Autorizan a CMAC Piura S.A.C. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Ica y Lambayeque
RESOLUCIÓN SBS Nº 3758-2017 Lima, 26 de setiembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Oficina Especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 01 de setiembre de 2017, se acordó la apertura de las referida Oficina Especial; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la oficina, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N°26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorándum N° 5422017-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a CMAC Piura S.A.C la apertura una Oficina Especial ubicada en el Pasaje Jazmín N° 110- Pisco( Mz.32 Lote 6 del Centro Poblado Centro Urbano de Pisco Sector l ), distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica . Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CORDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1573207-2

Autorizan a CMAC Piura S.A.C. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN SBS Nº 3757-2017 Lima, 26 de setiembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que esta Superintendencia autorice el traslado de su Agencia Abancay, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 11142-2008 del 13 de noviembre de 2008 se autorizó la apertura de la Agencia Abancay, ubicada en Jr. Lima N° 824-826, distrito y provincia de Abancay, departamento Apurímac; Que, en sesión de Directorio del 28 de agosto de 2017 se acordó el traslado de la referida Agencia;

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