Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2017 (06/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de octubre de 2017 /

El Peruano

instrumentos previstos en las normas de la materia; y, además, todo organismo público debe contar con un Plan Estratégico Institucional; Que en esa línea, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/ PCD (02MAY2017) se aprueba la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), que se implementará progresivamente en las entidades de la Administración Pública conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y a los lineamientos orientadores, que sobre el particular difundirá el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN; quedando sin efecto los instrumentos metodológicos enmarcados en la normativa anterior a la vigencia de la mencionada directiva, entre ellos la Directiva N° 0001-2014-CEPLAN/PCD ­ Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico y su modificatoria; Que a su vez, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 33-2017/CEPLAN/PCD (02JUN2017) se aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", que establece las pautas y plazos para la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativo Institucional (POI) en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua aplicable a las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, entre las que se encuentra el RENIEC; Que el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en su artículo 71°) Planes y Presupuestos Institucionales, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo, numeral 71.1) establece que: "Las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC),según sea el caso" y, el numeral 71.2) establece que: "El Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades"; Que mediante la Resolución Jefatural N° 000174-2016/ JNAC/RENIEC (30DIC2016) se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al año fiscal 2017 para el Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) cuya asignación asciende a S/ 324.852.658,00; así como la Estructura Programática y la Estructura Funcional para el referido período anual; Que en ese contexto, mediante los documentos del visto la Gerencia de Planificación y Presupuesto, sobre la base de lo señalado en el Informe N° 0001102017/GPP/SGPL/RENIEC (08SEP2017), emitido por la Sub Gerencia de Planificación a su cargo, propone la ampliación de la vigencia del Plan Estratégico Institucional 2012-2016 del RENIEC para el año 2017 basado en los siguientes criterios: mantener los indicadores aprobados en el PEI a nivel de cada área, los resultados de las evaluaciones anuales del PEI 2012-2016, la inclusión de denominaciones de algunos órganos en la entidad, y la actualización de la nueva estructura orgánica institucional aprobada en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) mediante la Resolución Jefatural N° 73-2016/ JNAC/RENIEC (31MAY2016) y modificada por Resolución Jefatural N° 172-2016/JNAC/RENIEC (27DIC2016) y, adicionalmente al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del RENIEC para el año 2017; Que resulta necesario la aprobación de la ampliación de la vigencia del Plan Estratégico Institucional para el año 2017, a fin que el RENIEC cuente con un documento de gestión vigente que permita evaluar las metas e indicadores para el año 2017; dado que, el nuevo marco

legal del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ­ SINAPLAN establece las pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales en el marco de las Políticas de Estado, bajo los lineamientos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2021, las políticas nacionales, sectoriales y territoriales; parámetros en los que se amparan los Planes Estratégicos Institucionales de las entidades públicas a partir del año 2018; Que a su vez, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos de terceros y que existiera, en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que en consecuencia, habiéndose vencido el plazo de vigencia del Plan Estratégico Institucional 2012 ­ 2016 del RENIEC, es necesario ampliar excepcionalmente, con eficacia anticipada desde el primer día hábil de 2017 el referido PEI de la Institución, a fin de garantizar el cumplimiento de metas e indicadores del 2017; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar con eficacia anticipada a partir del primer día hábil de enero del 2017, la ampliación de la vigencia del Plan Estratégico Institucional 2012 ­ 2016 del RENIEC, por el período 2017, cuyo texto como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la difusión a los órganos de la institución la aprobación de la ampliación de la vigencia del Plan Estratégico Institucional 2012 ­ 2016 del RENIEC para el año 2017 y, a la Gerencia de Tecnología de Información su publicación en el portal institucional www.reniec.gob.pe, para su debida difusión. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1573383-1

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