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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (09/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Lunes 9 de octubre de 2017 / El Peruano Acuerdo Nº 079-2017-GRA/CR-AREQUIPA.- Aprueban donación dineraria que efectuará la Asociación Cerro Verde a favor del Gobierno Regional 24 Acuerdo Nº 081-2017-GRA/CR-AREQUIPA.- Apueban la modificación del Acuerdo Regional Nº 068-2017-GRA/CR- AREQUIPA 25 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Ordenanza Nº 0012-2017-GORE-ICA.- Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica 25 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Designan miembro del Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°0400-2017-MINAGRI Lima, 6 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0113-2017-MINAGRI, de fecha 31 de marzo de 2017, se designó, entre otros, al señor Ronald Fernando Montes Matos, como miembro del Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad, Que, es necesario dar por concluida la designación del señor Ronald Fernando Montes Matos, como miembro del Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad, designándose su reemplazante; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, la designación del señor Ronald Fernando Montes Matos, como miembro del Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al Director General de Ganadería, como miembro del Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución al Programa de Compensaciones para la Competitividad, así como al representante designado y al ex representante, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1573935-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban a INMOBILIARIA VISTAMAR S.A. como empresa calificada para efecto del artículo 3 del D. Leg. N° 973, por el desarrollo del “Proyecto Hotelero Vistamar” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2017-MINCETUR Lima, 5 de octubre de 2017 Vistos, el Ofi cio N° 922-2017/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, el Ofi cio N° 1747-2017-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas y los Memorándums Nos. 885 y 985-2017-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califi quen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato; Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, concordado con el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 973, establece que mediante Resolución Ministerial se precisará, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV; Que, con fecha 11 de agosto de 2017, la empresa INMOBILIARIA VISTAMAR S.A. celebró, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el denominado “Proyecto Hotelero Vistamar”, en adelante el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el artículo 3 de la referida norma legal; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio N° 1747-2017-EF/13.01, ingresada bajo Registro N° 1040385 al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual acompaña el Informe N° 110-2017-EF/61.01 de la Dirección General de Políticas de Ingresos Públicos, opina que procede la aprobación de la Lista de Bienes, Servicios y Contrato de Construcción presentada por la empresa INMOBILIARIA VISTAMAR S.A. para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 973 por el Proyecto, acompañando los Anexos que contienen el detalle de los bienes, servicios y contratos de construcción; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;