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66 NORMAS LEGALES Sábado 14 de octubre de 2017 / El Peruano SE RESUELVE: artículo 1.- aprobación de la ejecución de la expropiación del Bien inmueble y del Valor de la tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Aeropuerto “Capitán FAP Carlos Martínez Pinillos”, ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. artículo 2.- consignación del Valor de la t asación Disponer que la Oficina General de Administración, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. artículo 3.- información necesaria para inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de levantar toda carga o Gravamen que contenga la Partida registral 3.1 Disponer que la Oficina General de Administración, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas o gravámenes que existan sobre el bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. artículo 4.- inscripción registral del Bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto PasivoDisponer que la Oficina General de Administración, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AEROPUERTO “CAPITAN FAP CARLOS MARTINEZ PINILLOS” UBICADO EN EL DISTRITO DE HUANCHACO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESSantos Edita Calderón de Flores, Ruby Edith Flores Calderón, Nidia Magaly Flores Calderón, Ángel Manuel Flores Calderón y José Eduardo Flores CalderónCÓDIGO: PM1G-AERTRU-PR-002 AREA AFECTADA: 20,110.75 m2AFECTACIÓN: Total del Inmueble 1,048,465.07LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA Por el Norte: Propiedad de Luis Franklin Flores Molina y Sandra María Jara León, P.E. N° 04048306. Por el Este: Con canal de riego La Mochica. Por el Sur: Propiedad del Proyecto Especial ChavimochicPor el Oeste: Propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, P.E N° 03123788 (Aeropuerto Internacional de Trujillo).COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (ml) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 233.83 708950.2564 9106906.6595 B B-C 66.60 709153.1464 9106790.4095 C C-D 95.86 709088.3464 9106775.0495 D D-E 16.06 708997.0564 9106745.7995 E E-F 23.73 708981.0564 9106744.4095 F F-G 55.48 708958.1864 9106750.7395 G G-A 135.39 708909.5964 9106777.5195 PARTIDA REGISTRAL N° 11028056 del Registro de propiedad Inmueble de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 12 de enero de 2017, por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO – Expedido el 22 de agosto de 2017 por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. 1576169-3 resolución ministerial nº 1006-2017 mtc/01.02 Lima, 12 de octubre de 2017 Visto: El Memorándum Nº 0989-2017-MTC/10.05 del 27 de setiembre de 2017 de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de