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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (14/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Sábado 14 de octubre de 2017 / El Peruano Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: artículo 1.- aprobación de la ejecución de la expropiación del Bien inmueble y del Valor de la tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Aeropuerto “Capitán FAP Carlos Martínez Pinillos”, ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. artículo 2.- consignación del Valor de la t asación Disponer que la Oficina General de Administración, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. artículo 3.- información necesaria para inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de levantar toda carga o Gravamen que contenga la Partida registral 3.1 Disponer que la Oficina General de Administración, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas o gravámenes que existan sobre el bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. artículo 4.- inscripción registral del Bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto PasivoDisponer que la Oficina General de Administración, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AEROPUERTO “CAPITAN FAP CARLOS MARTINEZ PINILLOS” UBICADO EN EL DISTRITO DE HUANCHACO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESSantos Edita Calderón de Flores, Ruby Edith Flores Calderón, Nidia Magaly Flores Calderón, Ángel Manuel Flores Calderón y José Eduardo Flores CalderónCÓDIGO: PM1G-AERTRU-PR-006 AREA AFECTADA: 12,072.00 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 629,726,00LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA *Por el Norte: Propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, P.E. N° 11043692.*Por el Este: Con el área remanente, P.E. N° 11028050. *Por el Sur: Propiedad de la Sucesión de Manuel Aristeres Flores Graus: Santos Edita Calderón de Flores, Ruby Edith Flores Calderón, Ángel Manuel Flores Calderón, José Eduardo Flores Calderón, Nidia Magaly Flores Calderón, P.E. N° 11031978. *Por el Oeste: Propiedad de la Sucesión: Aureleano Luzgardo Calderón Moreno, María Evelia Calderón Moreno de Bazán, Luis Fernando Bazán Ramírez, Santos Edita Calderón Moreno de Flores, Ruby Edith Flores Calderón, José Eduardo Flores Calderón y Nidia Magaly Flores Calderón, Hermelinda Castillo Viuda de Calderón, Socorro Marlene Calderón Castillo, P.E. N° 04009245.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (ml) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A1 A1-B1 73.31 709208.1495 9107437.7722 B1 B1-C1 218.06 709278.0235 9107415.5778 C1 C1-D1 17.11 709130.3254 9107255.1605 D1 D1-E1 12.02 709114.7954 9107262.3405 E1 E1-F1 12.18 709107.3454 9107271.7705 F1 F1-G1 29.85 709095.9954 9107276.1905 G1 G1-H1 139.34 709095.7214 9107306.0355 H1 H1-A1 35.47 709193.1954 9107405.6105 Partida Registral N° 11028050 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° V, Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 03 de octubre de 2016, por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO – Expedido el 24 de agosto de 2017 por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. 1576169-2