Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2017 (20/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Viernes 20 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante carta de fecha 22 de setiembre de 2017, dirigida a la magistrada Marianella Leonor Ledesma Narváez, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos informa que en el marco de su 165º período ordinario de sesiones a realizarse en la ciudad de Montevideo, Uruguay, ha convocado a audiencia el 23 de octubre de 2017, para tratar cuestiones referentes a la independencia del Tribunal Constitucional, en la cual podrá participar una delegación peruana; Que, el Secretario General ha informado que el Pleno, en su sesión del 10 de octubre de 2017, en base al informe emitido por la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, consideró que la intervención en la audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos constituye un asunto de índole institucional, puesto que está en juego la independencia jurisdiccional del Tribunal Constitucional; por lo que, adicionalmente a la participación de la magistrada Marianella Leonor Ledesma Narváez, ha autorizado a los señores magistrados Carlos Augusto Ramos Núñez y Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera para que viajen a la ciudad de Montevideo, Uruguay, a fin de participar en la citada audiencia, otorgándoles las respectivas licencias con goce de haberes del 23 al 24 de octubre del presente año; Que, la Jefa de la Oficina de Contabilidad y Tesorería ha determinado el monto que por concepto de viáticos les corresponde a los referidos magistrados y la Jefa de la Oficina de Logística ha informado el costo de los pasajes aéreos; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004P/TC, el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley 27619, el Decreto Supremo 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo 056-2013-PCM, la Décimo Tercera Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, aprobado por el Decreto Supremo 304-2012-EF y la Directiva 001-2013-DIGA/TC aprobada por Resolución de Dirección General 24-2013-DIGA/TC. SE RESUELVE Artículo Primero.- CONCEDER licencia con goce de haber a los magistrados Carlos Augusto Ramos Núñez y Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera del 23 al 24 de octubre de 2017. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje de los magistrados Carlos Augusto Ramos Núñez y Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera a la ciudad de Montevideo, Uruguay, para los fines a los que se refiere la presente resolución. Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:
FECHA DE VIAJE (VIÁTICOS) DEL 23 al 24 DE OCTUBRE DE 2017 DEL 23 al 24 DE OCTUBRE DE 2017 PASAJE AÉREO S/.2,893.57 VIÁTICOS A AMÉRICA DEL SUR US$ 370.00 POR DÍA US$740.00

Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. MANUEL MIRANDA CANALES Presidente 1577616-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Gerencia Regional de Salud de Arequipa y sus siete Unidades Ejecutoras
ORDENANZA REGIONAL Nº 384-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; Se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA LA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Artículo 1º.- APROBAR EL Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Gerencia Regional de Salud de Arequipa y sus siete (07) Unidades Ejecutoras, en el cual aparecen los ajustes realizados atendiendo a lo dispuesto en el numeral 8.1. del artículo 8º de la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y para lo cual se cuenta con el Informe Técnico Nº 263-2017-SERVIR/GDSRH, emitido por el Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Artículo 2º.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 347-AREQUIPA a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente norma. Artículo 3º.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial El Peruano como en el Diario de Avisos Judiciales "La República", asimismo una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, ésta se publique en la página web Institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS. La tramitación de la publicación será a cargo de la Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo que ésta importe será cubierto por el Órgano Ejecutivo Regional. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los once días del mes de octubre del 2017. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional de Arequipa

COMISIONADOS CARLOS AUGUSTO RAMOS NÚÑEZ ELOY ANDRÉS ESPINOSA- SALDAÑA BARRERA

S/.1,988.75

US$ 740.00

Artículo Cuarto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Quinto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el viaje autorizado mediante la presente resolución, los magistrados comisionados informarán sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la actividad antes mencionada. Artículo Sexto.- Comunicar la presente resolución a los magistrados Carlos Augusto Ramos Núñez y Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera, a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración y a las Oficinas de Gestión y Desarrollo Humano, Contabilidad y

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