Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2017 (24/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 24 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Funciones del Ministerio de Educación aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, la Oficina General de Recursos Humanos, tiene la función de proponer y evaluar la política y acciones relacionadas con la gestión del recursos humanos en el Ministerio, en observancia de la normativa aplicable, con excepción del personal que se encuentra comprendido en la carrera magisterial; Que, en dicho contexto, la Oficina General de Recursos Humanos, señala que el texto actual del artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas del personal administrativo del Sector Educación aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 6392004-ED, no prevé los supuestos de: i) Existir cargo y plaza vacante consignados en el CAP y PAP, del mismo grupo ocupacional y nivel remunerativo y ii) Cumplir con los requisitos del cargo materia de rotación, establecidos en el Manual de Clasificador de cargos, lo cual, manifiesta, origina diversas interpretaciones en su aplicación, por lo que considera conveniente su modificatoria con una redacción más precisa; Que, en ese sentido, la precitada Oficina propone que el artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación, quede redactado de la forma siguiente: "Articulo 4.- La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados, siempre que exista el cargo y plaza y además cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del cargo materia de la rotación."; Que, el referido Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación, tiene por finalidad establecer las normas y procedimientos sobre las rotaciones, reasignaciones y permutas del personal administrativo del Sector Educación, comprendido bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Que, dicho Reglamento, actualmente, establece en su artículo 4, que "La rotación es la acción de administración de personal que consiste en la reubicación del servidor dentro del ámbito de la entidad, de un cargo a otro igual o similar, conservando el mismo nivel y grupo ocupacional de carrera alcanzados."; Que, al respecto, cabe indicar que el artículo 78 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, dispone que "La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados. Se efectúa por decisión de la autoridad administrativa cuando es dentro del lugar habitual de trabajo o con el consentimiento del interesado en caso contrario."; Que, asimismo, mediante el Informe Técnico N° 1467-2016-SERVIR/GPGSC de fecha 27 de julio de 2016, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, señala, entre otros, lo siguiente: "2.7. En tal sentido, cabe subrayar que la rotación es una de las modalidades de desplazamiento, que consisten en el traslado del servidor para desempeñar iguales o diferentes funciones en la misma entidad, teniendo en cuenta su formación, capacitación y experiencia, según su grupo ocupacional y nivel de carrera"; Que, en consecuencia, la propuesta ha sido remitida por la Oficina General de Recursos Humanos, conforme a sus competencias y facultades, la cual habiendo evaluado la normativa aplicable sobre el particular, propone la modificación del artículo 4 de la Norma Técnica denominada Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación; Que, en ese sentido, se verifica que la propuesta se encuentra en el marco de lo opinado por SERVIR y de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, por lo que resulta viable la propuesta de modificación remitida por la Oficina General de Recursos Humanos, correspondiendo a esta Secretaría General expedir la presente resolución, al amparo de la facultad delegada, prevista en el artículo 2 de la Resolución

Ministerial N° 002-2017-MINEDU modificada por la Resolución Ministerial N° 568-2017-MINEDU; Con el visto de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU modificada por la Resolución Ministerial N° 568-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 639-2004-ED, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 4.- La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados, siempre que exista el cargo y plaza y además cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del cargo materia de la rotación." Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA G. REATEGUI NAPURI Secretaria General 1579284-1

INTERIOR
Designan Directora de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1055-2017-IN Lima, 23 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de libre designación y remoción de Director de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al servidor público que asuma el mencionado cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Jeanette Noborikawa Nonogawa, en el cargo público de Directora de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1579508-1

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