Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2017 (24/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 24 de octubre de 2017 /

El Peruano

de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial con cargo a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 33/100 SOLES (S/ 1 151 792,33), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: Treinta y nueve (39) Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores; y, tres (03) Proyectos de Capital Semilla para Emprendimientos Dinámicos, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Monitoreo Disponer que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 4.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 6.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.

produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1579259-1

Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio, del proyecto de "Lineamientos para calificar los proyectos correspondientes al Sector Producción para los que se solicita declaración de Interés Nacional, presentados ante el Ministerio de la Producción", el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 504-2017-PRODUCE 20 de octubre de 2017 VISTO: El Informe N° 006-2017/PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPAR/smanayay de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 1227-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 1235-2017-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y el Informe N° 1485-2017-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 7 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales se establece que una de las garantías que rigen el Sistema Nacional de Bienes Estatales es la venta por subasta pública de los bienes de dominio privado estatal; no obstante, dicha norma dispone que de manera excepcional puede realizarse la venta en forma directa; Que, mediante el literal b) del artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, se establece que por excepción, podrá procederse a la compraventa directa de bienes estatales de dominio privado a favor de particulares, cuando tengan por finalidad la ejecución de un proyecto de interés nacional o regional, cuya viabilidad es calificada y aprobada por el sector o la entidad competente, acorde con la normatividad y políticas de Estado; Que, el Ministerio de la Producción, conforme al artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas. Asimismo, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; Que, de acuerdo con el Informe de vistos, de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, a efectos de la correcta aplicación del artículo 7 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y el literal b) del artículo 77 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, propone el Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para calificar los proyectos correspondientes al Sector Producción para los que se solicita declaración de Interés Nacional, presentados ante el Ministerio de la Producción", para efectos de la compraventa directa de bienes estatales de dominio privado, que brinde transparencia, debida cautela de los bienes del Estado y seguridad jurídica a los Administrados, en el marco de las competencias asignadas al Ministerio de la Producción;

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