Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2017 (26/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de octubre de 2017 /

El Peruano

Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017, del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1045-2017 MTC01 Lima, 25 de octubre de 2017 VISTOS: El Memorando N° 557-2017-MTC/02-AL.LME del Despacho Viceministerial de Transportes, los Memoranda Nos. 167, 168, 724 y 1507-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los Memoranda Nos. 241, 875 y 1227-2017-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, y los Memoranda Nos. 0628 y 3407-2017-MTC/29 de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29325 crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, cuya rectoría se encuentra a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental; Que, el artículo 7 de la precitada Ley, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local (EFA) son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA; Que, en el literal c) del artículo 3 de los "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental", aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 0042014-OEFA/CD, en adelante, los Lineamientos, se define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) como el instrumento de planificación a través del cual cada EFA programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo, a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente, sin que el ejercicio regular de la fiscalización ambiental a cargo de cada EFA, esté limitado a lo que se establezca en su PLANEFA; asimismo, en el artículo 4 de la misma norma, se señala que el PLANEFA es aprobado por Resolución del titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016OEFA/CD, que modifica los Lineamientos, dispone que el plazo de aprobación de los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, a cargo de las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) correspondiente al año 2017, será hasta el 30 de enero de 2017; Que, según los artículos 4 y 5 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional, e infraestructura y servicios de comunicaciones, estando facultado para supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, los artículos 73 y 86 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC, establecen que las funciones de fiscalización ambiental en el sector Transportes y Comunicaciones están a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales y de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, respectivamente; Que, con Memorando N° 557-2017-MTC/02-AL. LME el Despacho Viceministerial de Transportes remite

el proyecto "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", el cual se encuentra sustentado en el Informe Legal N° 010-2017-MTC/16.NYC e Informe N° 083-2017-MTC/16.03.LCHC-AFE de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales y los Informes N° 0144-2017-MTC/29.CGMIC y N° 136-2017-MTC/29. CGM.ci de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, sustentando que sea aprobado con eficacia anticipada al 02 de enero de 2017, a fin de asegurar la eficacia de las acciones realizadas por los órganos del Ministerio en materia de fiscalización ambiental durante el presente año; Que, mediante Memorándum N° 724-2017-MTC/09 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto expresa su conformidad al proyecto de PLANEFA 2017, sustentado en el Informe N° 123-2017-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento, en el cual se señala que los objetivos y actividades de fiscalización propuestos en el PLANEFA 2017, son concordantes con los lineamientos de política y las competencias del Ministerio; asimismo, con el Memorándum N° 1507-2017-MTC/09, la precitada Oficina General certifica la disponibilidad de recursos presupuestales para su ejecución; Que, en consecuencia corresponde expedir la Resolución Ministerial que apruebe el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones"; De conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007MTC; la Ley N° 29325 y las Resoluciones del Consejo Directivo del OEFA Nº 004-2014-OEFA/CD y 026-2016OEFA/CD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar, con eficacia anticipada al 02 de enero de 2017, el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La ejecución del "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", que se aprueba en el artículo precedente, está a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Despacho Viceministerial de Transportes y de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del Despacho Viceministerial de Comunicaciones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc. gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada norma en el Diario Oficial El Peruano, excepto el Formato N° 4: Plan de Supervisión Ambiental de Sector Transportes, con la finalidad de asegurar la efectividad de la fiscalización ambiental a cargo de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1580528-1

Aprueban valor total de tasación de área de inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto Internacional "Coronel FAP Francisco Secada Vignetta", ubicado en el departamento de Loreto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1049-2017 MTC/01 Lima, 25 de octubre de 2017 Visto: Los Memoranda Nos. 1072 y 1102-2017MTC/10.05 del 18 y 20 de octubre de 2017, de la Oficina

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