Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2017 (09/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General del a Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Jasson Fabián Romero Saquicoray, del Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Robert Armstrong Herrera Mendoza y del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Juan Gerardo Cometivos Camara, del 12 al 17 de setiembre de 2017, a la ciudad de Goiás, Estado de Goiania ­ República Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Pers. Total US$ Pasajes aéreos 616.00 X 3 = 1,848.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1563413-2

302-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 31 de agosto de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001368-2017/IN/OGAJ, de fecha 6 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DSD-SCD) N° F-0146, de fecha 10 de julio de 2017, la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú solicita a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú designar a un representante de la Policía Nacional del Perú, a fin que asista a la Tercera Conferencia de los Estados Parte del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA), a realizarse del 11 al 15 de setiembre de 2017, en la ciudad de Ginebra ­ Confederación Suiza; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 302-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 31 de agosto de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Edwin Freddy Timoteo Casanueva, propuesto por la Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú, para que participe en la conferencia antes citada, del 9 al 16 de setiembre de 2017, a realizarse en la ciudad de Ginebra ­ Confederación Suiza, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha conferencia tiene como objetivo que los representantes de los Estados Parte participen en el debate general y adopten una serie de decisiones sobre la aplicación del Tratado y su mecanismo de seguimiento, el cual incluye la cooperación y asistencia internacional, presentación de informes nacionales, universalización, entre otros temas; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5337-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 29 de agosto de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Autorizan viajes de personal de la Policía Nacional del Perú a la Confederación Suiza y Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 845-2017-IN Lima, 8 de setiembre de 2017 VISTOS; el Facsímil (DSD-SCD) N° F-0146, de fecha 10 de julio de 2017, de la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, la Hoja de Estudio y Opinión N°

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